Decisión de Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 26 de Abril de 2010

Fecha de Resolución26 de Abril de 2010
EmisorTribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo Funcionarial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS

Caracas, 26 de abril de 2010

200° y 151°

AUTO PARA MEJOR PROVEER

Encontrándose el tribunal en la etapa procesal de emitir pronunciamiento de mérito en la presente causa, y revisadas como han sido las actas procesales que la componen, se estima necesario dictar el presente auto para mejor proveer, a los fines que se oficie al Ministerio del Poder Popular para la Educación para que remita el expediente administrativo que guarda relación con la presente causa. Remisión que deberá realizar dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a la constancia en autos de habérsele notificado. Solicitud que se realiza a tenor de lo previsto en los artículos 401 y 15 del Código de Procedimiento Civil. Una vez conste en autos lo requerido y vencido dicho lapso el Tribunal procederá a emitir el dispositivo del fallo. Líbrese Oficio. Cúmplase.

La Juez Superior Titular,

Dra. M.G.S.

La Secretaria,

Abog. A.S.G..

Exp.- 2008-847

Mecanografiado por O.M.F.

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