Sentencia nº 328 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Plena de 24 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Plena
PonenteMónica Misticchio Tortorella
ProcedimientoAuto que difiere la audiencia

Numero : 328 N° Expediente : 12-1227 Fecha: 24/02/2016 Procedimiento:

Auto que difiere la audiencia

Partes:

R.M. de Martínez y otros contra C.L.d.E.L.

Decisión:

Se difirió

Ponente:

Mónica Misticchio Tortorella ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, veinticuatro (24) de febrero de 2016. Años: 205º y 157º.

En virtud de la revisión de las actas que componen el expediente, se desprende que no se encuentra debidamente notificada la Procuraduría del Estado Lara, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, aplicado por la remisión a la que hace alusión el artículo 33 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia del Poder Público, esta Sala de Casación Social, como garante de los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva que le asiste a las partes en todas las instancias del litigio, acuerda diferir la audiencia pública y contradictoria correspondiente al recurso interpuesto en el juicio que sigue R.M. de Martínez y otros contra C.L.d.E.L., para el día viernes trece (13) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). Hora: diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.). Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 85, 91 numeral 3 y 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena la notificación de las partes a través de las herramientas tecnológicas disponibles, por lo que será practicada esta notificación de fijación de audiencia en la dirección de correo electrónico, fax o número telefónico suministrado por las partes al momento de su incorporación al proceso. Cúmplase y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia para que surta los efectos legales consiguientes. Regístrese, publíquese y agréguese al expediente.

La Presidenta de la Sala Especial Segunda,

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M.G. MISTICCHIO TORTORELLA

El Secretario,

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M.E. PAREDES

Exp. Nº 12-1227

Recurso de casación

MEP/ddba

N° 328

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