Sentencia nº 354 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 14 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 14 de agosto de 2012

202° y 153º

Por oficio N° FSATSJ-66-2012, de fecha 17 de julio de 2012, la abogada R.O.G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 46.907, actuando con el carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena y ante las Salas Constitucional, Político Administrativa y Electoral, apeló de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 22 de mayo de 2012, mediante la cual se inadmitió la prueba promovida en el numeral 2, del oficio presentado en fecha 12 de abril de 2012; asimismo, solicitó: “sea oída en ambos efectos”.

Para decidir, se observa:

Corresponde a este Juzgado pronunciarse acerca de la solicitud de que sea oído en ambos efectos el recurso de apelación ejercido, y en tal sentido, observa:

Mediante sentencias Nros. 00670 y 00724, de fechas 18.5.11 y 1°6.11, la Sala Político Administrativa ha ratificado el criterio conforme al cual las apelaciones contra los autos dictados en la etapa probatoria deben oírse en un solo efecto, atendiendo a lo previsto en el artículo 402 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (artículo 31).

No obstante, como quiera que, en el caso de autos, se constata que no hay pruebas que requieran de evacuación, y concluida como se encuentra la sustanciación, se oye la apelación para ante la Sala Político Administrativa a la cual acuerda remitir el expediente a los fines consiguientes.

La Jueza,

María Luisa Acuña López La Secretaria,

Exp.2011-0777 Noemí del Valle Andrade

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