Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Yaracuy, de 1 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteMaría Camacaro
ProcedimientoTítulo Supletorio

JUZGADO SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 1 de Noviembre de 2006

Años: 196º y 147º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas: COLMENAREZ DE ESCOBAR YDALMY LISBETH, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.853.462 y H.R.H.R., venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.519.759, ambas domiciliadas en el Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurias en terrenos propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI); ubicado en la Comunidad de Cocorotico, Calle el Tanque, Parroquia Albarico , Municipio San F.d.E.Y., el cual mide doce metros (12 Mts) de frente por veinticinco metros (25 Mts) de fondo, para un área total de Trescientos Metros Cuadrados (300 Mts2), las cuales consisten en un sembradío de árboles frutales, cercada de alambre de púas y estantillos de madera, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle El Tanque; SUR: Sede de Asociación Civil de Camiones Volteos de Marín; ESTE: M.C.; y OESTE: Familia Martínez; a favor de la Ciudadana: ROSSEMARY CORDERO PERNALETE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.862.569 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo de este Tribunal.-

La Jueza,

Abgº. M.d.L.C.d.A.,

La Secretaria Accidental,

E.M.M.T.

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.

La Secretaria Accidental,

E.M.M.T.

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