Decisión nº PJ382007000756 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 2 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonenteHenry José Agobian Viettri
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, dos de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: BP02-S-2006-000977

Vista la diligencia que antecede, de fecha 17 de julio del 2.007, suscrita por los ciudadanos T.B.V.U. y R. delC.C.P., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 8.215.739 y 8.300.137 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio W.D.R., venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.025; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones expresados en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, devuélvase el original del documento de construcción de bienhechurías, el cual riela a los folios 02 y 03 del presente Expediente, previa su certificación en autos. Se da por terminado la presente solicitud y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.

El Juez Temporal,

Dr. H.A.V..

La Secretaria Temporal,

Abog. Josmire C.Z.

En esta misma fecha, no se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, por falta de fotostatos. Conste.

La Secretaria Temporal,

Abog. Josmire C.Z.

HAV/ah.-

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