Decisión de Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 27 de Abril de 2015

Fecha de Resolución27 de Abril de 2015
EmisorJuzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario
PonenteBeatriz González
ProcedimientoAuto

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de abril 2015

205º y 156º

Asunto: AP41-U-2014-000043

Visto que en fecha 21 de enero de 2015, este Tribunal dictó sentencia definitiva No. 1706, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el presente recurso contencioso tributario subsidiario al jerárquico, interpuesto por la contribuyente “ROYAL ESTIBADORES AGENCIAMIENTO Y SERVICIOS PORTUARIOS, C.A.”. Visto asimismo que han sido practicadas las notificaciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Procuraduría General de la República y la contribuyente tal y como constan a los folios 146, 148 y 152; se desprende que ha transcurrido el tiempo de ley para interponer recurso de apelación en contra de la referida sentencia, y no se interpuso, en consecuencia este Tribunal Superior la declara definitivamente firme, previo computo efectuado por secretaría.

LA JUEZA;

B.B.G..-

EL SECRETARIO ACC;

J.C.A..-

BBG/JCAR/Win.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de abril 2015

205º y 156º

Asunto: AP41-U-2014-000043

Quien suscribe, J.C.A., en mi condición de secretario accidental del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, CERTIFICA: Que desde el día 24 de marzo de 2015 (exclusive), fecha en la cual fue consignada la ultima boleta de notificación; hasta el día de hoy 27 de abril de 2015 (inclusive), han transcurrido los siguientes días de despacho a fin de declarar la firmeza en el presente asunto.

MARZO DE 2015: 24, 25, 26, 30 y 31.

ABRIL DE 2015: 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 20, 21, 22, 24 y 27.

TOTAL: diecinueve (19) días de despacho.

Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil quince (2015)

EL SECRETARIO ACC;

J.C.A..-

JCA/wjmr

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