Decisión nº PJ004-2015-000126 de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Carabobo (Extensión Puerto Cabello), de 5 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2015
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteZurima del Carmen Escorihuela Paz
ProcedimientoRecurso De Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JURISDICCIÓN LABORAL

EN SEDE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

SEDE PUERTO CABELLO

Puerto Cabello, 05 de octubre de 2015

205º y 156º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

ASUNTO: GP21-N-2014-000044

DEMANDANTE: R.R.C.M., quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.162.195, y de este domicilio.

DEMANDADA: INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y J.J.M.D.E.C..

MOTIVO: Recurso de Nulidad Contra la P.A. Nº 00043, de fecha 10 de febrero de 2014, según expediente Nº 049-2013-01-00379

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano J.R.F., titular de la cédula de identidad No. V.- 7.103.203, actuando con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES Y DESEÑOS RENIMAR, C. A., quién Tercero Interesado en el presente asunto signado con el No. GP21-N-2014-000044, asistido por la profesional del derecho D.Á., quien está debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 200.363, la que riela a los folios 141 al 142 de la única pieza del presente asunto, en la cual manifiesta: “… solicito respetuosamente del Tribunal a su digno cargo se sirva acordar la Reposición de la Causa…”, a lo que el Tribunal observa: del texto de los dos (2) folios contentivos de la diligencia que se trata no se evidencia que existan privilegios procesales del Tercero Interesado, en consecuencia, se niega la solicitud.

La Jueza Titular Quinta de Primera Instancia de Juicio.

Abogada. ZURIMA ESCORIHUELA PAZ.

La Secretaria.

Abogada. Y.M.Y.D..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR