Decisión nº S-N de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Merida (Extensión Mérida), de 4 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución
PonenteJoycemar Garcia Astros
ProcedimientoPermiso

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida

Mérida, 4 de Agosto de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2001-000052

ASUNTO : LL01-P-2001-000052

AUTO ACORDANDO PERMISO SOLICITADO POR PENADO

Visto el escrito constante de un (01) folio útil, presentado en fecha 03-7-2.006, por el penado de autos R.P.G., donde solicita un PERMISO por el lapso comprendido desde el 01/08/2002 al 22/08/2006 a los fines de poder trasladarse a las ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, para disfrutar de sus vacaciones con su grupo familiar, quién aquí decide se Avoca al conocimiento de la presente causa y en consecuencia éste Juzgado de Ejecución, analizada como ha sido tal solicitud, desde el punto de vista de su contenido espiritual y religioso, ACUERDA EL PERMISO SOLICITADO A FAVOR DEL PENADO R.P.G. DURANTE LOS DÍAS 01/08/2006 AL 22/08/2006, por cuanto considera que tal permiso no afecta o perjudica el beneficio de L.C. de la ejecución de la pena que actualmente cumple dicho penado, de conformidad con el 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario, por cuanto el penado de autos mantienen su empleo fijo y estable, además de haber sido presentado por la delegada de prueba que lo supervisa informe referencial positivo, relacionado con la conducta del penado, quién cumple el régimen de prueba hasta ahora con sentido de responsabilidad, por lo que una vez vencido el lapso del permiso en cuestión deberá regresar a la jurisdicción del Estado Mérida y presentarse de inmediato ante la delegada de prueba asignada quién le sigue un Régimen de Supervisión Medio.

Notifíquese la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa privada Abg. A.A. y al penado de autos a su lugar de residencia, remitiéndole copia certificada de ésta decisión a la delegada de prueba Dra. F.M.R. en la Unidad Técnica n° 01 de la Ciudad de Mérida. Cúmplase.-

La Juez Suplente Especial de Ejecución Nº 02

Abog. JOYCEMAR G.A.

La Secretaria

En fecha_________, se libró oficio nro.__________ y Boletas de Notificación Nros.___________________.

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