Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 30 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2011
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAulio José Durán La Riva
ProcedimientoPermiso Especial

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná

Cumaná, 30 de Marzo de 2011

200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-000694

ASUNTO : RP01-P-2008-000694

AUTO QUE ACUERDA PERMISO ESPECIAL

PENADA: RUSMIRYS DEL VALLE R.C..

Visto el Oficio N° 574 emanado de la Dirección del Internado Judicial del Estado Sucre, Cumaná, en la persona del TSU A.M., en donde solicita se otorgue un permiso especial y autorización para el traslado del penado RUSMIRYS DEL VALLE R.C., titular de la cédula de Identidad No. 17.111.004, hacia las instalaciones del COMPLEJO CULTURAL V.E.S. en el sector el Rodeo, Guatire, Estado Miranda, así como hacia la Fundación Casa del Artista, Sala J.S., ubicado en el Boulevard A.B., quebrada Honda, Caracas, Distrito Capital, los días 09, 10, 11 y 12 de Abril del presente año, ya que se realizara la MUESTRA NACIONAL PENITENCIARIA DE DANZA “BAILANDO CON ARMA DE LIBERTAD”. Este Tribunal Primero de Ejecución, a los fines de decidir la presente solicitud, y una vez revisada la respectiva solicitud, la misma contiene el soporte que acredita la invitación a los fines de asistir al referido evento; es por lo que se ACUERDA CON LUGAR lo solicitado, en el sentido de y autorizar el traslado del Penado RUSMIRYS DEL VALLE R.C., titular de la cédula de Identidad No. 17.111.004, para que participe en la ya mencionada actividad. Dicho traslado deberá ser coordinado con el Comandante del Destacamento No. 78 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, para lo cual se ordena librar oficio respectivo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 de la Ley de Régimen Penitenciario, en tal sentido Ofíciese al Director del Internado Judicial, informándole de la presente decisión a los fines de que realice el traslado respectivo con la seguridades que el caso amerita. CÚMPLASE.

EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,

ABG. AULIO DURAN LA RIVA.

EL SECRETARIO,

ABG. G.F..

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