Decisión nº S-N de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 28 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteMartha Elena Quivera
ProcedimientoObligacion De Manutención

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios

Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.547-2012

En el día de hoy, Veintiocho (28) de Septiembre del año dos mil doce, siendo la Una y treinta minutos de la tarde (1:30 p.m.), de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, planta baja, (Recepción), ubicado en la Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CIUDAD OJEDA. EXP: 7.726. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana RUTMARYS COROMOTO BRAVO, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 13.129.235, en contra del ciudadano E.R.G., portadora de la Cédula de Identidad No. V- 8.698.341.- Una vez constituido el Tribunal en la dirección indicada, sitio señalado por la parte actora, nos informaron que el personal de Recursos Humanos encargado de recibir las medidas de Embargos no se encontraban presente en su sitio de Trabajo por cuanto les estaban impartiendo un curso, motivo por el cual este Tribunal se encuentra imposibilitado materialmente para ejecutar la medida que le fuere comisionada por el Tribunal de la causa. Acto seguido el Tribunal ordena su regreso a su sede y acuerda fijar nuevamente oportunidad en auto por separado la presente comisión a los fines de su ejecución. Terminó, se leyó y conformes firman. Siendo la una y cuarenta minutos de la tarde (1:40 p.m.).-

LA JUEZA.

DRA. M.E.Q..

EL SECRETARIO:

ABOG. ANIBAL A. PERNIA P

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