Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 11 de Junio de 2014

Fecha de Resolución11 de Junio de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY

Maracay, Once (11) de Junio de dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DE01-G-2003-000035, Antiguo: 6234, proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante Oficio signado con el Nro. CSCA-2014-004203, de fecha veintisiete (27) de Mayo de 2014, contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano J.R.M., titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.239.592, contra el Instituto Autónomo De Policía Municipal Del Municipio Girardot Del Estado Aragua. Dicha remisión se efectuó, en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha veinte (20) de Marzo de dos mil trece (2013), la cual declaró:

  1. - SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de Octubre de 2003, por la abogada B.A.V.G., inscrita en el instituto de previsión del abogado bajo el Nº 73.799, actuando con el carácter de apoderada judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Girardot del estado Aragua, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial de la Región Central en fecha 14 de Octubre de 2003, en el que se declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.

  2. - DESISTIDO el recurso de apelación.

  3. - FIRME el fallo apelado

  4. - ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua, la remisión a la Sala Constitucional de nuestro m.T., copia de decisión dictada en fecha 14 de octubre de 2003, todo ello con el objeto de que se efectúe la revisión correspondiente al fallo.

Ahora bien, en virtud de la declaratoria de la decisión dictada por la referida Corte Segunda, este órgano jurisdiccional, ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo numero, igualmente se aboca al conocimiento de la presente causa; sean notificadas las partes y una vez que conste en autos las notificaciones, se procederá a su Continuación Judicial. Asimismo ordena se remita copia certificada de la decisión dictada en fecha 14 de octubre de 2003, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrense Boleta y Oficios. Cúmplase

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABG. SLEYDIN REYES.

MGS/SR/DB

EXP. Nro. DE01-G-2003-000035

NUMERACIÓN ANTIGUA: 6234

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