Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 22 de Julio de 2010

Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteEunice Beatriz Camacho Manzano
ProcedimientoAccion Mero Declarativa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veintidós de julio de dos mil diez

200º y 151º

ASUNTO: KP02-V-2010-002586

Vista la demanda presentada por la ciudadana SAIHILIS COROMOTO PALENCIA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.658.931, y de este domicilio, este Tribunal observa que por auto de fecha 06-07-2010 se instó al solicitante a cumplir con los extremos que se encuentran contemplados en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, concediéndosele un plazo de diez (10) días para que cumpliera con lo ordenado, pues, se evidencia que dicho lapso a trascurrido sin que la parte subsanara el mismo.

Ahora bien, y como quiera que el Juez tiene la facultad de resolver ab initio, in liminis litis, la cuestión de derecho, en beneficio del principio de celeridad procesal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana SAIHILIS COROMOTO PALENCIA JIMENEZ, contra los HEREDEROS DESCONOCIDOS DE J.A.O.G..

Regístrese y publíquese.

Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de Julio de dos mil diez. Años 200º y 151º.

La Juez,

La Secretaria Acc.,

Abg. E.B.C.M.

Abg. A.M..

En la misma fecha se registró y publicó.-

EBCM/AM/rccg.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR