Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de Lara (Extensión Barquisimeto), de 29 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agraria
PonenteAlonso Enrique Barrios Avendaño
ProcedimientoAccion Posesoria Agraria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

BARQUISIMETO, VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL 2013

203º Y 154º

ASUNTO: KP02-A-2013-000017

Vista la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO presentada en fecha 26 de septiembre del 2013, por los ciudadanos J.G.R.L., A.S.V.D.R. y D.S.R., Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 7.340.995, 11.883.514 y 18.332.373 respectivamente, residenciados en la Carrera 27 con calle 48, Casa Nº: 48-10, Barquisimeto Estado Lara, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio J.M.M.M., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº: 185.710, en contra de los ciudadanos F.M.D.R., O.G.F.D.R. Y F.J.D.F., venezolanos, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros: 4.124.417, 4.479.340 y 13.072.439, domiciliados en la Avenida Venezuela con Avenida A.B., Urbanización Alhambra al lado de la Torre Bicentenaria, Municipio Iribarren del Estado Lara. Este Tribunal antes de pronunciarse sobre la admisión de la demanda, de conformidad con el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, apercibe a la parte demandante para que en un lapso de tres (03) días de despacho siguiente, consigne el Documento que acredite la propiedad de las mejoras y bienhechurías, Carta Agraria y Autorización del Instituto Nacional de Tierras (INTi) para traspasar mejoras y bienhechurías.-

El Juez, La Secretaria,

Abg. A.E.B.A.A.. N.M.H.M.

AEBA/NMHM/mcg.-

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