Decisión de Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito de Portuguesa, de 2 de Julio de 2009

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2009
EmisorJuzgado del Municipio San Genaro de Boconoito
PonenteLisandro Valero Paredes
ProcedimientoMedida Judicial De Retención Del Sueldo

Boconoito, 02 de Julio del 2009

199° y 150°

Exp. Nro.681-09

…Revisadas como han sido las actuaciones, se observa que a la presente fecha el ciudadano MAICKER SCHNEIDER VELILLA, según lo manifiesta la ciudadana J.S.M.M., no ha cumplido en forma voluntaria con la obligación de manutención en los términos fijados por este Tribunal, a tal efecto solicita la retención de la obligación de manutención mensual del sueldo del obligado.

Este Tribunal, a pesar que la solicitante no esta asistido de Abogado, en resguardo al Derecho a Tutela Judicial efectiva, establecido en el articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tomando en consideración la especialidad de la materia, observa que el artículo 521 en su literal “a”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente aun vigente en su parte procesal, establece que para garantizar el cumplimiento de la obligación , el Tribunal podrá tomar como medidas, entre otras, Ordenar al deudor de sueldos y salarios que retenga la cantidad fijada por el tribunal, del sueldo del obligado alimentario…” por otro lado, el articulo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en la parte final de su segundo aparte, la obligación que tienen los Jueces de ejecutar y hacer ejecutar sus decisiones, obligación esta que igualmente esta regulada en al articulo 21 del Código de Procedimiento Civil, y en base a tal fundamentación legal, para garantizar el derecho de la niña H.J. de 11 meses de edad a una alimentación nutritiva y Balanceada, en calidad y cantidad que satisfaga las norma de dietética, y por cuanto la madre alega que el padre no cumple con la obligación de manutención en los términos que fueran convenidos ante este Tribunal, que la madre le mande la lista de las cosas que necesita su hija y el padre se las mandara por MRW: Este Juzgador considera que por no ser contrario a derecho el pedimento, en garantía del derecho a Tutela Judicial Efectiva ya citado, y en protección del derecho aun nivel de vida adecuado , previsto en el articulo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y Adolescentes, tomando en consideración el mandato constitucional previsto en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en el artículo 76, en su segundo aparte, que reza “El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos o hijas…, este Tribunal, actuando de manera proporcional, justa y equitativa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente:

1) Se ordena la retención de la cantidad quincenal de BOLIVARES DOSCIENTOS CINCUENTA (Bs 250,oo), del sueldo mensual que como Fiscal de Transporte y T.T., destacado en el Cuerpo de Vigilancia de Transporte y T.T.d.L., ubicado en el Sector el Valle, Distrito Capital , devenga el ciudadano MAICKER SCHNEIDER VELILLA , titular de la cédula de identidad numero 17.341.991, dicha retención es por concepto de obligación de manutención en beneficio de la niña H.J. quien es su hija, todo ello para garantizar el cumplimiento de la obligación de manutención, cantidad esta que una vez retenida deberá ser depositada en la cuenta de ahorros numero 70178520060225714, de la institución Bancaria Banfoandes, a nombre de la ciudadana J.S.M.M. , madre legitima de la niña.

2) Librese oficio a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Transporte y T.T., en el cual se le haga del conocimiento de la medida Judicial de Retención del sueldo ordenada por el Tribunal, en los términos anteriormente señalados, a los fines de la debida y oportuna retención, y posterior deposito en la cuenta de ahorros de la Institución Bancaria Banfoandes ya mencionada anteriormente.

3) Este Tribunal acuerda librar boleta de citación al ciudadano MAICKER SCHNEIDER VELILLA ya identificado, para que comparezca ante este Tribunal, al segundo día de despacho siguientes a aquel en que conste en autos su citación, a las 10:00 de la mañana, para imponerlo de la medida Judicial de Retención del sueldo acordada por incumplimiento.

El Juez del Municipio

Abg. L.V.P.

La Secretaria accidental

Deibys M.V..

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