Decisión de Tercero De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry de Aragua, de 18 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2006
EmisorTercero De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorry
PonenteMary Fernández
ProcedimientoCobro De Bolivares

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

PARTE ACTORA: S.B.C., Venezolana, titular de la cédula de identidad n° 5.269.275.

PARTE DEMANDADA: H.M.V., Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-349.690.-

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: J.A.B., abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 24.203.-

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: G.L.H.B., abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 86.796.-

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (EJECUCION DE PRENDA)/E INTIMACION DE HONORARIOS-.

EXPEDIENTE No. 7957-2001.-

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

En fecha 09 de Octubre de 2006, durante el acto de designación de jueces retasadores fijado mediante auto de fecha 03-10-2006, comparecieron ambas partes y celebraron transacción judicial efectuada por ante este Despacho, mediante la cual de mutuo acuerdo entre las partes han decidido finalizar la presente causa por vía de transacción y solicitaron la homologación de la misma. El Tribunal al respecto observa que el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil establece:

Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el Juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.

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