Decisión nº 418 de Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 6 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteGregoria de la Cruz Mejias
ProcedimientoObligacion De Manutencion

El día de hoy, Cinco (05) de mayo del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las 10:50 de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada en el Juicio de OBLIGACION MANUTENCION seguido por la Ciudadana: S.R.D.D.C., titular de la Cédula de Identidad N° V-10.084.860 a favor de los niños(as) y/o adolescentes J.A.V.S., en contra del ciudadano: VALECILLOS VILORIA L.A., Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.661.889 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 1 - Juez Unipersonal N° 1, y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderada judicial de la parte actora abogado(a) en ejercicio DIONES NAVA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-7873175 inscrito(a) en el Inpreabogado bajo el N° 54085 se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL R.M. BARALT (UNERMB) ubicada en la Calle el Rosario frente al Banco Mercantil casco central en cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a):E.P.D.R., titular de la cédula de Identidad numero:V-5.174.756 En su carácter de: SECRETARIA EJECUTIVA de la mencionada institucion - En este estado presente la apoderada actora abogada DIONES NAVA SUAREZ antes identificada expuso: Señalo al tribunal para ser Embargado Preventivamente: PRIMERO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por concepto de CAJA DE AHORRO, FIDECOMISO E INTERESES, PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES, que le pudiera corresponder al ciudadano VALECILLOS VILORIA L.A., como trabajador al servicio de la mencionada empresa en caso de despido, retiro, jubilación o muerte que le correspondan a la terminacion de sus servicios y en todo caso de adelanto o entrega que se le hiciere al trabajador y el beneficio que le otorga ese instituto a sus trabajadores por concepto de PRIMAS POR HIJOS Y UTILES ESCOLARES, y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad correspondiente deberá ser remitida en Cheque de Gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 1, Juez Unipersonal N° 1, participándole que la medida decretada y ejecutada sobre las prestaciones sociales, fideicomiso e intereses, se remitirán al tribunal de la causa en todo caso de adelanto que se le hiciere al trabajador.-

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