Decisión nº OP01-P-2007-003174 de Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de Nueva Esparta, de 22 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2007
EmisorTribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
PonenteEmilia Larez
ProcedimientoSanción De Reglas De Conducta

Circuito Judicial Penal

Circunscripción Judicial Del Estado Nueva Esparta

Tribunal De Ejecución

Sección Adolescentes

La Asunción, 22 de octubre de 2007

197º y 148º

Firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de fecha 28/09/2007, dictada en contra de adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de S.L., Estado Miranda, nacido en fecha XX de XXXXX de XXXX, de 15 años de edad, titular de la cedula de identidad N° XXXXXXXXX, hijo de los ciudadanos IDENTIDADES OMITIDAS, residenciado en: El Sector OMITIDA, Calle OMITIDA, casa sin numero, de color rosado, cerca del INCE, Porlamar, Municipio M.d.E.N.E.; por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que le da la Competencia al Juez de Ejecución de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente, de resolver las cuestiones o incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley; Así como lo establecido en el artículo 647 literal “a” Ejusdem, que establece las funciones y atribuciones del Juez de Ejecución en la ejecución de las medidas, y lo hace en los siguientes Términos: UNICO: Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en: 1.- Obligación de inscribirse en la Misión Robinson, adscrito al Ministerio de Educación de la Republica Bolivariana de Venezuela, con el objeto de que aprenda a leer y a escribir; así mismo debe procurar un empleo. 2.- Prohibición de salida del Estado Nueva Esparta y del País, sin la previa autorización del Tribunal de Ejecución Sección Adolescente. 3.- Obligación de recibir orientación, asistencia y supervisión Psicológica y de Trabajo Social ante el Centro de Atención Comunitaria Porlamar, adscrito al Instituto de Atención al Menor del Estado Nueva Esparta, ubicado en la calle Páez con calle Cuyuni detrás del Liceo Nueva Esparta, Municipio Mariño y 4.- Obligación de presentarse ante este Tribunal de Ejecución una vez al mes, a los fines de sostener Entrevista con la Juez; en tal sentido, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES; debe cumplir con la SANCION DE REGLAS DE CONDUCTA. Cítense al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos junto a su defensa para el día, LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, a fin de imponerlo del presente auto. Remítase copia del presente auto a la defensa Pública. Ofíciese. Notifíquese ala Fiscal Séptima del Ministerio Público. Regístrese. Diarícese. Déjese copia certificada del presente auto. Cúmplase.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN TEMPORAL,

Dra. E.V.O.

LA Secretaria,

Abg. Z.M.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA Secretaria,

Abg. Z.M.

Asunto N° OP01-P-2007-003174

EVO/ cc

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