Decisión nº KP02-F-2003-000884 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 11 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonentePatricia Elena Cabrera Manfredi
ProcedimientoDivorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, once de febrero de dos mil cuatro

193º y 144º

ASUNTO : KP02-F-2003-000884

El ciudadano J.E.S.T. venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.332.401, manifestó estar separado de su cónyuge A.P.A., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.858.587 y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 16/01/2004, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 26/01/2004, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:

ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos J.E.S.T. y A.P.A. ya identificados, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 28 de Marzo de 1980. Ofíciese a la Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.

Publíquese y Regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los 11 días del mes de Febrero de dos mil cuatro. Años: 193° y 144°

La Juez, La Secretaria ACC,

Abog. P.C.M.A.. L.P.M.

Publicada en su fecha a las 10:30 a.m. PCM/LPM/Zaira

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