Decisión de Tribunal Tercero de Control de Monagas, de 2 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteRosmelys Rojas
ProcedimientoSobreseimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 2 de Marzo de 2007

196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-006335

ASUNTO : NP01-P-2005-006335

Por cuanto corresponde a este Tribunal pronunciarse en relación a la solicitud de Sobreseimiento requerido por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público en la causa signada bajo la nomenclatura: NP01-P-2005-006335, la cual fue instruida por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano: M.J.T..

RAZONES DE HECHOS Y DE DERECHOS EN QUE FUNDA LA DECISIÓN

En atención al inicio del presente proceso y del análisis integro de las actuaciones que conforman el asunto bajo examen se deduce que en lo atinente al delito de LESIONES PERSONALES previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Venezolano Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos y del análisis exhaustivo de todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa considera esta instancia, que a lo largo de la investigación no pudo establecerse en el proceso suficientes elementos de Convicción para el enjuiciamiento del ciudadano: G.M., como consecuencia de los hechos denunciados por la victima ciudadano: M.J.T. en fecha 12-08-2000, observando este Tribunal que no consta a los autos examen de Reconocimiento Medicatura Forense practicado a la victima que clasifiquen las lesiones sufridas, y dado que el Ministerio Público en su solicitud enuncia el numeral 4 del Articulo 318 del Código Orgánico, por cuanto aduce que a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, es por lo que puede argüir esta instancia que por cuanto no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no habiendo bases para el enjuiciamiento del ciudadano: G.M., lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia Decretar el Sobreseimiento de la Presente causa, de conformidad con lo previsto en el articulo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal , seguida al ciudadano: G.M.. Definitivamente firme la presente decisión generar los efectos previstos en el Articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo cuanto antecede este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento del presente asunto seguido en contra del ciudadano: G.M., del cual no se tienen otros datos. De conformidad con lo contenido en el artículo 318 específicamente en el numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Librénse las respectivas Notificaciones en relación al contenido de la presente decisión. Cúmplase.

LA JUEZ

ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO

LA SECRETARIA

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