Decisión nº InterlocutoriaNº076-2010 de Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 3 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario
PonenteMaría Ynés Cañizalez León
ProcedimientoJuicio Ejecutivo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 3 de Mayo de 2010

200º y 151º

Sentencia Interlocutoria N° 076/2010 Expediente N° AP41-U-2010-221

Visto el escrito presentado en fecha 30 de abril del año en curso, por la ciudadana D.S.E., titular de la cédula de identidad N° 8.516.540, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.367, procediendo en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, contra el Acta de Intimación de Derechos Pendientes N° SNAT/INTI/GRTCERC/DR/ACIM/2009/296 de fecha 01 de junio de 2009, dictada por la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital mediante la cual se requiere el pago de la cantidad de Bs.F. 1.026.730,13; y, solicita solicita de conformidad con el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico Tributario, la ejecución de créditos fiscales generados por el contribuyente AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., domiciliada en Avenidad Paseo Colon, Edificio Torre Polar Oeste, Pisos 21, 22 y 23, Urbanización Plaza Venezuela, Ciudad de Caracas. De la revisión del presente expediente este Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en los artículos 289, 290 y 291 del Código Orgánico Tributario a saber: se trata de un acto administrativo contentivos de obligación exigible a favor de la Administración Tributaria, el cual fue intimado conforme al parágrafo único del artículo 213 ejusdem, y efectuada la solicitud ante la autoridad competente, mediante escrito en el cual se funda, por lo que este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ADMITE la presente solicitud en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición de la Ley y de conformidad con lo previsto en del artículo 294 del Código Orgánico Tributario, se intima a la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., para que pague o demuestre haber pagado, apercibido de ejecución, dentro de los cinco (5) días de Despacho siguientes a la notificación de esta intimación, la cantidad de Bs.F 1.026.730,13, advirtiendo este Órgano Jurisdiccional que dentro de dicho lapso el deudor podrá formular oposición, así como la defensa que considere oportuna y que de no proceder al pago intimado, el Tribunal procederá de conformidad con lo previsto en el artículo 289 del Código Orgánico Tributario. Líbrense boleta de intimación.

La Juez Provisoria,

M.Y.C.L.

La Secretaria.

K.U..

Fecha U.T. Supra: Se libró boleta de intimación.

La Secretaria,

K.U..

Exp. N° AP41-U-2010-221

gv

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