Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 12 de Julio de 2004

Fecha de Resolución12 de Julio de 2004
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
PonenteRosa Margarita Valor Palacios
ProcedimientoQuiebra

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 12 de Julio de 2.004.-

194° y 145°

Vista la diligencia del Síndico de La Quiebra de la fallida INSANOVA, ABOG. O.M., en respuesta a la interlocutoria de fecha 30-06-2004, donde expone que en el presente juicio esta suficientemente demostrado que no hubo ni habrá convenio y que se promovieron todas las diligencias necesarias para proceder a la Venta de los Activos conforme a lo establecido en el artículo 1.039 del Código de Comercio; existe además la necesidad de satisfacer las obligaciones pendientes con la Compañía de Vigilancia encargada del cuidado de los Activos de la fallida, quien ha manifestado firmemente que no continuará prestando servicios ante la falta de pago tan prolongada; ante esta situación pide una vez más que se libre el Cartel de Venta, con miras a vender los Bienes en Pública Subasta. Ante lo expuesto, y como quiera que también es permanente la presencia en este Tribunal de trabajadores angustiados por sus Prestaciones Sociales y dado el tiempo desde que se declaró la Quiebra, esta Sentenciadora estima la procedencia de lo solicitado; en consecuencia ordena se libre el ÚNICO CARTEL DE VENTA de los Bienes de la fallida, el cual debe publicarse en dos Diarios, uno de Circulación Nacional y otro de Circulación Regional, por una sola vez, los que deberán ser consignados a los autos, todo de conformidad con los artículos 554 y 555 del Código de Procedimiento Civil, y ASÍ SE DECLARA. Líbrese Cartel.

LA JUEZ PROVISORIO,

ABOG. R.M. VALOR P.

LA SECRETARIA TEMPORAL

R.V.A.A..

En esta misma fecha, se libró el Único Cartel de Remate, con las inserciones del caso.

LA SECRETARIA TEMPORAL

R.V.A.A..

Expediente Nro. 47.030

RMV/Labr.

CARTEL DE VENTA

Expediente Nro. 47.030

Valencia, 12 de Julio del 2.004

194º Y 145º

HACE SABER:

Que con motivo de la declaratoria de QUIEBRA, de la Sociedad Mercantil INSANOVA, S.A., domiciliada en V.E.C., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de Septiembre de 1.974, bajo el N° 92, Tomo 129-A y por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 29 de Mayo de 1.975, bajo el N° 50, Tomo 10-A, y con una última modificación de fecha 19 de Noviembre de 1.987, bajo el N° 13, Tomo 09-A, y con aprobación de la Junta General de Acreedores, serán sacados a la Venta en Subasta Pública en la Sede de éste Tribunal, a las diez de la mañana del décimo día de despacho siguiente a la publicación y consignación en el expediente del presente cartel, los bienes ocupados judicialmente que se determinan en el informe presentado por el perito avaluador designado al efecto, y que a continuación se mencionan:

  1. - Un Inmueble constituido por Una Planta Industrial compuesta por: Terreno, Edificaciones, Maquinarias y Equipos, Equipos de Computación y Electrónicos, Mobiliario, Troqueles y Chatarra, totalmente integrado; y, cuyos precios y demás especificaciones se dan a continuación:

    1.1.- Un Lote de Terreno ubicado en la Av. H.F., cruce con Av. Branger, Zona Industrial Municipal II, del Municipio V.d.E.C., dentro del Lote Nº 5-3 y parte del Lote Nº 5-1, con un área de 70.502,00 M2, adquirida mediante documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de Segundo Circuito del Distrito (hoy Municipio) V.d.E.C. en fecha 9 de Agosto de 1.976, anotado bajo el Nº 19, tomo 9, Protocolo Primero; cuyas medidas y linderos son los siguientes: Norte: Av. H.F., en una línea recta con una longitud de 205.70 metros; Sur: Una línea quebrada conformada por tres segmentos de recta que partiendo de su extremo Oeste, miden el primero ciento cuarenta (140,00) metros, con Plastigal, C.A., el segundo ochenta y tres (83,00) metros con Plastigal, C.A., y el tercero, ciento cinco metros (105,00) con el Canal de Malariología; Este: Una línea quebrada formada por cinco segmentos de recta que partiendo de su extremo norte, miden el primero ciento diez (110,00) metros, el segundo cuarenta y ocho c 30/100 (48.30) metros, el cuarto nueve (09) metros y el quinto ciento cincuenta y siete (157,00) metros en toda su longitud con terrenos de Coresmalt – Valencia; Oeste: Av. Branger, en una longitud de Doscientos sesenta y siete (267,00) metros tal como se evidencia en Plano definitivo agregado al cuaderno de comprobantes llevado por la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público, de fecha 18 de Diciembre de 1.984, bajo el Nº 1188, 4to. Trimestre.

    AVALÚO: Bs. 2.066.669.298,13

    1.2.- CONSTRUCCIONES: El inmueble consta de las siguientes áreas de construcción: GALPÓN PRINCIPAL (24.321,60 M2), Oficinas de Proceso (121,57 M2), Mezzanina de Almacén de Productos terminados (947,70 M2), Departamento de Prototipo (171,72 M2), Control de Calidad (197,55 M2), Cabina de Prueba (43,20 M2), Almacén de Desarrollo (74,60 M2), Almacén de Recortes (71,19 M2), Zona de Molinos (63,00 M2), Oficinas de Área de Prensa (66,78 M2), EDIFICIO ADMINISTRATIVO (2.390,00 M2),GALPÓN ÁREA ADMINISTRATIVA (990,00 M2), GALPÓN DE SERVICIO (442,80 M2), Comedor (442,80 M2), Relaciones Industriales (303,97 M2), COCINA (149,40 M2), OFICINAS DE SERVICIO (202,50 M2), ALMACÉN DE CAJAS DE ENGRANAJES (1.377,00 M2), BAÑOS TRABAJADORES COCINA (41,40 M2), DEPÓSITOS EXTERNOS (37,40 M2), GALPÓN SUR (441,00 M2), GALPÓN ESTE (ANEXO I) (1.287,00 M2), GALPÓN ESTE (ANEXO II) (643,50 M2), GALPÓN I (Planta Eléctrica, Depósito, Compresores y Carpintería) (675,05 M2), GALPÓN II (Depósito y Taller de Troqueles, Dispositivos y Moldes) (2.706,50 M2), GALPÓN III (Parrillas y Cromados) (1.212,20 M2), GALPÓN IV (Vestuarios) (436,80 M2), GARITA DE VIGILANCIA (54,15 M2), ESTACIONAMIENTOS Y PATIOS DE MANIOBRA (10.722,23 M2) TANQUE SUBTERRÁNEO (110.000 LITROS) Y CASTA DE CONTROL (20,00 M2).

    AVALÚO: Bs. 5.645.588.959,92

    1.3.- MAQUINARIAS Y EQUIPOS: según levantamiento en las diferentes áreas ubicadas de la Planta, tales como: Almacén de materias Primas, Almacén de Productos Terminados, Arsol-Pinturas y Porcelana, Bombas, calderas, Carpintería, Cizalla, Despacho, Compresores, Condensado, Área de lavadoras, Mantenimiento, Prensa, Molina, entre otros, tal y como se muestra en anexo al informa de Avalúo correspondiente, resumiendo así:

    MAQUINARIA Y EQUIPOS:

    AVALÚO: Bs. 1.405.635.767,43

    1.4.- TROQUELES:

    AVALÚO: Bs. 95.729.531,18

    1.5.- MUEBLES: Aquellos bienes muebles ubicados según levantamiento efectuado en las diversas áreas tales como Administración General, División Técnica, Laboratorio, Sistemas, Enfermería, Mantenimiento, Presidencia y Vicepresidencia y diversas Oficinas (Compras, Ventas, Contabilidad), entre otros, tal y como se muestra en anexo al informe de avalúo correspondiente, resumiendo así:

    1.6.- MOBILIARIO Y EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

    AVALÚO: Bs. 14.526.453,47

    1.7.- EQUIPOS VARIOS

    Planta Tratamiento Efluentes Industriales Bs. 39.156.180,53

    Pozo Nº 1 Suministro Agua Bs. 1.482.353,21

    Pozo Nº 2 Bs. 1.479.412,39

    Pozo Nº 3 Bs. 4.748.345,23

    Tanque de Combustible Bs. 659.563,33

    Para R.B.. 635.334,67

    1.8.- CHATARRA

    CHATARRA: Bs. 11.472.807,54

  2. - GRAVÁMENES

    Según oficio Nro. 220-139-04, emanado de la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio V.d.E.C., de fecha 14 de Mayo del 2.004, sobre el inmueble propiedad de la Sociedad Mercantil INSANOVA, según consta de documento N° 17, Pto 1, Tomo 16° de fecha 9-8-1976, y su Aclaratoria bajo el N° 19, Pto 1°, Tomo 9, de fecha 9-8-76, constituido por un Lote de terreno, ubicado en la Zona Industrial Sur, del Municipio V.d.E.C., ubicado dentro del lote N° 5-3 y parte del lote N° 5-1. Con un área de 70.502,oo M2, pesan las siguientes Medidas y Certificaciones de Gravámenes:

    1°) POR DOC N° 28, PTO 1°, TOMO 1 DEL 27-4-92 PESA HIPOTECA DE PRIMER GRADO A FAVOR DEL BANCO MERCANTIL C.A. S.A.C.A.-S.A.I.C.A. 2°) PESA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SEGÚN OFICIO N° 93-817 DEL 8-7-97 DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO Y ESTABILIDAD LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. 3°) PESA MEDIDA DE EMBARGO SEGÚN OFICIO N° 283 DEL 2-6-99 DEL JUZGADO SEXTO DE PARROQUIA DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO. CARABOBO. 4°) PESA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SEGÚN OFICIO N° 495-99 DEL 30-6-99 DEL JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS. 5°) PESA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SEGÚN OFICIO N° 520 DEL 8-8-00 DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO. CARABOBO. 6°) PESA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SEGÚN OFICIO N° 524 DEL 9-8-00 DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL EDO. CARABOBO.

    Avaluados como han sido dichos bienes, en conjunto, en la cantidad de NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 00/100 (Bs. 9.239.622.820,00) no se oirán ofertas que bajen del CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL AVALÚO realizado sobre la totalidad de los bienes, ya que su venta será en conjunto, por tratarse de una sola unidad de producción y que no hayan sido debidamente caucionadas, siendo su pago de inmediato.- Se fija como CAUCIÓN para hacer posturas en la subasta, la cantidad de NOVECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 923.962.282,00), equivalentes al diez por ciento (10%) del avalúo total. Esta cantidad deberá ser entregada en CHEQUE DE GERENCIA a nombre del Síndico R.O.M.G., con no menos de cinco (05) días continuos de anticipación a la fecha de la subasta.

    LA JUEZ PROVISORIO,

    ABOG. R.M. VALOR P.

    LA SECRETARIA TEMPORAL

    R.V.A.A..

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