Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 13 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2012 |
Emisor | Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control |
Ponente | Jesús Aquiles Fajardo |
Procedimiento | Sobreseimiento De La Causa |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
CONTROL Nº- 06.
El Vigía, 13 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2012-001082
ASUNTO : LP11-P-2012-001082
Visto el escrito formulado por las Abogadas, EGLE TORRES Y M.M.M., en su condición de Fiscales Séptimas del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 12-03-2012, donde solicitan se decrete el Sobreseimiento en la presente causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, por el hecho punible consistente supuestamente en Lesiones Culposas Menos Graves previstas en los artículos 415, en concordancia con lo establecido en el artículo 422 ordinal primero del Código Penal, vigente para la época de comisión del delito, lo cual se desprende de las siguientes actuaciones----------------------------
Riela desde los folios 01 al 12 Reporte de Accidentes de Tránsito, donde se deja Constancia de la ocurrencia de un accidente de tránsito en la carretera Vía La Chinca, entre Tucaní y S.M., Estado Zulia,, el día 22-02-2001, como a las 08:30 de la noche, colisión entre vehículos, con un saldo de una persona lesionada. Al folios 17 y 26 aparece Acta de entrega de los vehículos a sus propietarios.-----------------------------------------------------
De lo anteriormente se desprende que efectivamente se cometió el Delito de Lesiones Culposas previsto y sancionado el artículo 422 ordinal primero del Código Penal vigente para la época de comisión del delito, ahora bien, se observa que en la presente causa no existe el examen Médico Forense, practicado a la Víctima, y además faltan actuaciones que practicar, por tal motivo y a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación por el transcurso del tiempo y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Por tales motivos considera quien aquí juzga que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en base a lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del COPP, en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°- 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del ciudadano M.Á.M.Q., de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por el supuesto delito de Lesiones Culposas Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal primero del Código Penal, Cometido en contra del Ciudadano R.M.. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público, a la víctima y al investigado, si no es posible su notificación personal, notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez que se encuentre firme la presente decisión, se acuerda remitirla al Archivo Judicial para su guarda y custodia. PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA para el archivo de este Tribunal. Cúmplase.------------------------------------------
EL JUEZ DE CONTROL Nº 06
ABG. J.A.F.
LA SECRETARIA
ABG, JENNYS DEL MAR DUQUE
En fecha ________________________se cumplió con lo ordenado, librándose boletas de notificación Nros.__________________________________________________________
Cosnte/ Sria.