Decisión nº S-N de Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 27 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2005
EmisorJuzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteZimaray Coromoto Carrasquero
ProcedimientoResolucion De Contrato Con Reserva De Dominio

En horas de Despacho del día de hoy, veintisiete de octubre del año dos mil cinco, siendo las once y quince minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMRIANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la Medida Preventiva de Secuestro, decretada por el TRIBUNAL SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento de Venta con Reserva de Dominio, sigue la Sociedad Mercantil SERMATECA REFRIGERACION INDUSTRIAL C.A., en contra de la Sociedad Mercantil RANGER DEL ZULIA, C.A., representada por el ciudadano: J.H.R., titular de la cédula de identidad No.V-4.492.370.- Se trasladó este Tribunal por solicitud e indicación de la Apoderada Judicial de la parte actora abogada en ejercicio C.A.P.D.N., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 39.532, a la siguiente dirección: Sector 18 de Octubre entre calle 5 y 6, específicamente en el local comercial denominado “PUNTO 18”, frente al Centro 99 y plaza 18 de Octubre, de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este Tribunal en la mencionada dirección procedió a notificar a la ciudadana: E.B., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-10.439.118, quién manifestó ser empleada.- Seguidamente este Tribunal procede a nombrar Perito avaluador al ciudadano: I.D.H., quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado, titular de la cédula de identidad No.V-5.170.472 y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo recaído en su persona y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada unas de las obligaciones inherentes a su cargo? Contestó: Si lo juro.- De inmediato el Tribunal procedió a nombrar Secuestrataria Judicial a la parte actora, Sociedad mercantil SERMATECA REFRIGERACION INDUSTRIAL C.A., representada en este acto por la Apoderada Judicial, Abogada C.A.P.D.N., quien estando presente aceptó el cargo recaído en su persona y el Tribunal procede a tomarle el juramento de ley, Jura usted, cumplir con todas y cada unas de las obligaciones del cargo deberes inherentes? Contestó: Si lo juro.- De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SECUESTRADO PREVENTIVAMENTE los siguientes bienes: 1) Un (1) calentador Eléctrico de 070. Marca San Rafael, serial Nro. 240205; 2) Un (01) Baño de María de un metro aproximadamente de largo, tipo CURVO, marca San Rafael modelo 1Mt, serial Nro. 0205; 3) Una rebanadora Eléctrica, marca Italia modelo 250 GL, serial Nro. 0185793; 4) Un Enfriador de Botella de tres tapas de metal niquelado, marca Nordpol, serial Nro. 4111420 y 5) Una (01) Vitrina Caletadora de lujo, marca COLDELEC, en metal niquelado serial Nro. 503. Dicho bienes se encuentran en servicio y en buen estado de uso y conservación, avaluados en conjunto en la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 6.000.000, oo) y hace entrega de los mismos a la representante legal de la Secuestrataria Judicial nombrada al efecto, quién declara recibirlo conforme y se obliga a conservarlos como un buen padre de familia.- Concluyó el acto siendo las doce del mediodía.- Asimismo el Tribunal deja constancia que le dio cumplimiento a lo establecido en los Artículos 254 y el primer aparte del Artículo 26 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó se leyó y conforme firman.-

LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

LA NOTIFICADA,

EL PERITO AVALUADOR,

LA APODERADA JUDICIAL Y REPRESENTANTE DE LA SECUESTRATARIA JUDICIAL,

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Y.M.F.

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