Sentencia nº AMP-037 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 11 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2015
EmisorSala Político Administrativa
PonenteBárbara Gabriela César Siero

Caracas, diez (10) de marzo de 2015

204º y 156º

El Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, mediante Oficio No. 768-13 del 18 de julio de 2013, remitió a esta Sala el expediente judicial No. 2601 de la nomenclatura llevada por ese Tribunal, contentivo del recurso de apelación ejercido el 24 de abril de 2013 por el abogado A.J.M.R., inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 52.836, actuando en su carácter de sustituto del Procurador General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, conforme se evidencia en instrumento poder cursante a los folios 71 al 74 del expediente judicial, contra la Sentencia Definitiva de fecha 22 de abril de 2013 que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la ciudadana Anyuri del M.H.G., titular de la cédula de identidad No. 14.813.002, en su condición de coheredera de la SUCESIÓN de E.H., asistido por el abogado Reny R.R.P., inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 170.264, contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo No. SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2011-040 de fecha 24 de agosto de 2011, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual confirmó el contenido del Acta de Reparo No. SNAT/INTI/GRTI/RLA/SB/AF/2010/ISDRC-00322-23 notificada el 6 de septiembre de 2010, y determinó a cargo de la mencionada Sucesión, la obligación de pagar la cantidad de ochenta y tres mil novecientos noventa y nueve bolívares con treinta y cuatro céntimos (Bs. 83.999,34), por concepto de impuesto sucesoral omitido; el monto de ciento veinticuatro mil novecientos tres bolívares (Bs. 124.903,00), por concepto de sanción de multa y la suma de setenta y dos mil ciento trece bolívares con treinta y cuatro céntimos (Bs. 72.113,34), por concepto de intereses moratorios.

Por auto del 18 de julio de 2013, el tribunal de instancia oyó en ambos efectos la apelación interpuesta, remitiendo el expediente judicial con el Oficio No. 768-13 antes descrito, recibido por esta Sala Político-Administrativa el 8 de agosto del mismo año.

En fecha 13 de agosto de 2013 se dio cuenta en Sala y por auto de esa misma fecha se aplicó el procedimiento de segunda instancia previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se designó ponente al Magistrado Emilio Ramos González y se fijó el lapso de diez (10) días de despacho para fundamentar la apelación.

El 3 de octubre de 2013, la abogada A.S.R., inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 26.507, actuando en representación del Fisco Nacional, conforme al instrumento poder anexo con la letra “A” al presente escrito, consignó documento que contienen los fundamentos de hecho y derecho de la apelación. No hubo contestación.

Mediante auto de fecha 24 de octubre de 2013, se dejó constancia que conforme a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se encuentra vencido el lapso para la contestación a la apelación, por lo que la causa entró en estado de sentencia.

En fecha 12 de noviembre de 2013, la abogada A.S.R., ya identificada, actuando en representación del Fisco Nacional, mediante diligencia consignó el expediente administrativo contentivo de tres piezas pertenecientes a la Sucesión de E.H..

El 14 de enero de 2014 se incorporó la Tercera Suplente Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel.

Mediante auto del 20 de enero de 2015, se dejó constancia que en fecha 29 de diciembre de 2014 se incorporaron a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia las Magistradas María Carolina Ameliach Villarroel, Bárbara Gabriela César Siero y el Magistrado Inocencio Figueroa Arizaleta, designados y juramentados por la Asamblea Nacional el 28 del mismo mes y año. Igualmente se reasignó como Ponente a la Magistrada Bárbara Gabriela César Siero.

Por auto del 3 de marzo de 2015, se dejó constancia que el 11 de febrero de 2015 fue elegida la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, quedando integrada esta Sala de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Emiro García Rosas; Vicepresidenta, Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel; las Magistradas Evelyn Marrero Ortíz y Bárbara Gabriela César Siero y el Magistrado Inocencio Figueroa Arizaleta.

Para decidir la Sala observa lo siguiente:

Visto que la representación fiscal consignó en fecha 12 de noviembre de 2013 el expediente administrativo correspondiente a la Sucesión de E.H., esta M.I. concede un lapso de nueve (9) días continuos correspondientes al término de la distancia, más cinco (5) días de despacho para que las partes expongan lo que estimen pertinente en el proceso, en aras de garantizar una tutela judicial efectiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, plazo que comenzará a correr luego que conste en autos la última notificación.

Transcurrido el lapso anteriormente establecido, pasará esta Sala a dictar sentencia.

Publíquese, regístrese y comuníquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.

El Presidente E.G.R.
La Vicepresidenta M.C.A.V.
E.M.O. Las Magistradas
B.G.C.S. Ponente
El Magistrado INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA
La Secretaria, Y.R.M.
En once (11) de marzo del año dos mil quince, se publicó y registró el anterior Auto para Mejor Proveer bajo el Nº 037.
La Secretaria, Y.R.M.

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