Decisión nº 011-2010 de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 14 de Enero de 2010

Fecha de Resolución14 de Enero de 2010
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteDeisy Barreto
ProcedimientoOrden De Allanamiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL

EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02

El Vigía, 14 de Enero de 2010

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-000059

ASUNTO : LP11-P-2010-000059

DECISIÓN NRO. 0011/2010

ORDEN DE ALLANAMIENTO

AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual el Licenciado ALVARO ALEXIS SÁNCHEZ CUELLAR, Sub-comisario Jefe de la División de Investigaciones Criminales de la Dirección General de la Policía del Estado Mérida, previa autorización de la Fiscal Sexta del Ministerio Público del Estado Mérida, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO, a ser realizada en: SECTOR LA PLAYITA, CASA SIN NÚMERO, VIVIENDA CONSTRUIDA CON PAREDES DE BLOQUE ENVESTIDAS DE COLOR ROSADO, PUERTAS Y VENTANAS METÁLICAS DE COLOR BLANCO, COMO PUNTO DE REFERENCIA A POCOS METROS DE UNA ALCANTARILLA DE LA VÍA PRINCIPAL DEL REFERIDO SECTOR, EL VIGIA MUNICIPIO A.A.D.E.M., lugar donde reside los ciudadanos de nombres: J.P. Y R.C., con la finalidad de ubicar e incautar ARMAS DE FUEGO DE DIFERENTES MODELOS Y CALIBRES, ello según información contenida en Acta de Investigación Policial s/n, de fecha 13-01-2010, folios 4 y 5 de la presente solicitud, emanada por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones Criminales de la Policía del Estado Mérida, relacionada con la investigación Nº 14F6-034-10; quienes coordinaran lo necesario para su práctica, en consecuencia por todo lo anterior, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar antes mencionado o quienes se encuentren en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los TRES (03) DIAS contados a partir de la presente fecha. Así mismo, devuélvase la presente solicitud a la Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar. Provéase lo conducente. Cúmplase.

JUEZA DE CONTROL Nº 02

ABG. D.M.B.C.

SECRETARIA,

ABG. E.G.

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