Decisión de Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de Lara (Extensión Barquisimeto), de 17 de Junio de 2010

Fecha de Resolución17 de Junio de 2010
EmisorTribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteRubia Esperanza Castillo De Vasquez
ProcedimientoExtension De Presentaciones

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 17 de junio de 2010

Años: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-008627

Revisada la presente causa y visto el escrito presentado por los imputados G.J. y C.S., a quien se les imputó la presunta comisión del delito de INVASION, INSTIGACION A DELINQUIR y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; mediante el cual solicitan les sea ampliada le presentaciones una vez por mes y se fije audiencia de conformidad con lo previsto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este tribunal a los fines de determinar la procedencia de lo solicitado, debe considerar de la revisión del sistema se verifica que la imputación fiscal se realizó en fecha 02/10/2009, que han transcurrido más de seis meses sin que la representación fiscal presente el acto conclusivo; que los imputados han cumplido con sus presentaciones por lo que se encuentran sujetos al proceso, apreciado los tipos penales imputados, lo procedente es declarar con lugar la solicitud y revisar la medida de coerción impuesta y extender el lapso de las presentaciones a cada treinta (30) días, de conformidad con lo previsto en los artículos 256 numeral 3º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. En virtud que ha transcurrido más de seis meses sin que la representación fiscal presente el acto conclusivo; que corresponde a los jueces de conformidad con lo previsto en el artículo 104 del Código Adjetivo Penal, la regularización del proceso, es por lo que se ordena fijar fecha para audiencia de conformidad con lo previsto en el artículo 313 ejusdem. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 104, 256 numeral 3º, 264 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud a favor de G.J., C.S., W.J.O. y J.V.P.L., titulares de las Cédulas de Identidad Nº 15.728.593, 7.387.949, 7.444.538 y 17.522.457, respectivamente; se le EXTIENDEN las presentaciones a cada treinta (30) días a partir de la presente fecha, quienes fueron imputados por la presunta comisión de los delitos de INVASION, INSTIGACION A DELINQUIR y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. Se ordena fijar audiencia para fijar el plazo prudencial para la conclusión de la investigación. Líbrese las Boletas y Oficios correspondientes. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.

LA JUEZA OCTAVA DE CONTROL

Abg. R.C.D.V..

LA SECRETARIA

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