Sentencia nº 33 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 17 de Enero de 2012

Fecha de Resolución17 de Enero de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 17 de enero de 2012

201º y 152º

Vista la Sentencia N° 155 dictada en fecha 14 de diciembre de 2011, se acuerda notificar a la parte recurrente, al ciudadano Thony Navas Nieves, al C.N.E. y al Ministerio Público. Remítaseles copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boletas y Oficios.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-000024

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 17 de enero de 2012

201º y 152º

SE HACE SABER:

A la FEDERACIÓN NACIONAL DE SINDICATOS REGIONALES, SECTORIALES Y CONEXO DE LOS TRABAJADORES DE LA SALUD (FANASIRTRASALUD) y/o sus apoderados judiciales abogados A.R.M.M. y J.C.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, que esta Sala Electoral en fecha 14 de diciembre de 2011 dictó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por esa Federación, contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del C.N.E. el 25 de marzo de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010, en la que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y J.R., contra la Resolución de fecha 22 de mayo de 2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., M.T., N.A., L.M., F.G., S.U., S.G., S.C., S.G., D.A., L.R., M.R., E.P., T.D., V.Z., J.R., H.M., B.J., J.B., J.G. y D.S.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de declaratoria de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral interpuesto; NULA la Resolución N° 100325-0068 dictada el 25 de marzo de 2010 por el C.N.E. y publicada en la Gaceta Electoral N° 525 de fecha 12 de mayo de 2010; NULA la Resolución N° 100722-0279 dictada por el C.N.E. en fecha 22 de julio de 2010, y publicada en la Gaceta Electoral N° 537 de fecha 25 de agosto de 2010; ORDENÓ la REPOSICIÓN del procedimiento sustanciado por el C.N.E. al estado de que se proceda a emplazar mediante notificación personal a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., N.A., L.M., S.G., S.G., D.A. y L.R., a objeto de que se hagan parte en dicho procedimiento; ACORDÓ mantener en el ejercicio de los cargos a las personas que resultaron electas en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó en fecha 30 de junio de 2010 y NEGÓ la petición de condenatoria en costas. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2011-000024

JMMS/pc

B O L E T A

Caracas, 17 de enero de 2012

201º y 152º

SE HACE SABER:

Al ciudadano THONY NAVAS NIEVES, titular de la cédula de identidad número 4.283.542, que esta Sala Electoral en fecha 14 de diciembre de 2011 dictó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Á.R.M.M. y J.C.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del C.N.E. el 25 de marzo de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010, en la que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y J.R., contra la Resolución de fecha 22 de mayo de 2009 dictada por la Comisión Elect oral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., M.T., N.A., L.M., F.G., S.U., S.G., S.C., S.G., D.A., L.R., M.R., E.P., T.D., V.Z., J.R., H.M., B.J., J.B., J.G. y D.S.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de declaratoria de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral interpuesto; NULA la Resolución N° 100325-0068 dictada el 25 de marzo de 2010 por el C.N.E. y publicada en la Gaceta Electoral N° 525 de fecha 12 de mayo de 2010; NULA la Resolución N° 100722-0279 dictada por el C.N.E. en fecha 22 de julio de 2010, y publicada en la Gaceta Electoral N° 537 de fecha 25 de agosto de 2010; ORDENÓ la REPOSICIÓN del procedimiento sustanciado por el C.N.E. al estado de que se proceda a emplazar mediante notificación personal a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., N.A., L.M., S.G., S.G., D.A. y L.R., a objeto de que se hagan parte en dicho procedimiento; ACORDÓ mantener en el ejercicio de los cargos a las personas que resultaron electas en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó en fecha 30 de junio de 2010 y NEGÓ la petición de condenatoria en costas. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2011-000024

JMMS/pc

Caracas, 17 de enero de 2012

Oficio Nº 12-027

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle, que esta Sala Electoral en fecha 14 de diciembre de 2011 dictó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Á.R.M.M. y J.C.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del C.N.E. el 25 de marzo de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010, en la que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y J.R., contra la Resolución de fecha 22 de mayo de 2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., M.T., N.A., L.M., F.G., S.U., S.G., S.C., S.G., D.A., L.R., M.R., E.P., T.D., V.Z., J.R., H.M., B.J., J.B., J.G. y D.S.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de declaratoria de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral interpuesto; NULA la Resolución N° 100325-0068 dictada el 25 de marzo de 2010 por el C.N.E. y publicada en la Gaceta Electoral N° 525 de fecha 12 de mayo de 2010; NULA la Resolución N° 100722-0279 dictada por el C.N.E. en fecha 22 de julio de 2010, y publicada en la Gaceta Electoral N° 537 de fecha 25 de agosto de 2010; ORDENÓ la REPOSICIÓN del procedimiento sustanciado por el C.N.E. al estado de que se proceda a emplazar mediante notificación personal a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., N.A., L.M., S.G., S.G., D.A. y L.R., a objeto de que se hagan parte en dicho procedimiento; ACORDÓ mantener en el ejercicio de los cargos a las personas que resultaron electas en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó en fecha 30 de junio de 2010 y NEGÓ la petición de condenatoria en costas. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2011-000024

JMMS

Caracas, 17 de enero de 2012

Oficio Nº 12-028

Ciudadana

L.O. DÍAZ

Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle, que esta Sala Electoral en fecha 14 de diciembre de 2011 dictó sentencia en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Á.R.M.M. y J.C.M., inscritos en el Inpreabogado bajo los números 42.936 y 40.951, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Federación Nacional de Sindicatos Regionales, Sectoriales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (FENASIRTRASALUD), contra la Resolución N° 100325-0068, emanada del C.N.E. el 25 de marzo de 2010, publicada en Gaceta Electoral N° 525 del 12 de mayo de 2010, en la que declaró: 1.- Con lugar la impugnación interpuesta por los ciudadanos Thony Navas Nieves y J.R., contra la Resolución de fecha 22 de mayo de 2009 dictada por la Comisión Electoral Permanente de la referida Federación; 2.- Inelegibles a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., M.T., N.A., L.M., F.G., S.U., S.G., S.C., S.G., D.A., L.R., M.R., E.P., T.D., V.Z., J.R., H.M., B.J., J.B., J.G. y D.S.. En dicho fallo se declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de declaratoria de inadmisibilidad del recurso contencioso electoral interpuesto; NULA la Resolución N° 100325-0068 dictada el 25 de marzo de 2010 por el C.N.E. y publicada en la Gaceta Electoral N° 525 de fecha 12 de mayo de 2010; NULA la Resolución N° 100722-0279 dictada por el C.N.E. en fecha 22 de julio de 2010, y publicada en la Gaceta Electoral N° 537 de fecha 25 de agosto de 2010; ORDENÓ la REPOSICIÓN del procedimiento sustanciado por el C.N.E. al estado de que se proceda a emplazar mediante notificación personal a los ciudadanos O.S., L.C., S.D., W.R., N.A., L.M., S.G., S.G., D.A. y L.R., a objeto de que se hagan parte en dicho procedimiento; ACORDÓ mantener en el ejercicio de los cargos a las personas que resultaron electas en el proceso electoral cuyo acto de votación se realizó en fecha 30 de junio de 2010 y NEGÓ la petición de condenatoria en costas. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado.

Exp. Nº AA70-E-2011-000024

JMMS

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