«Los sindicatos son la vocería legítima de la clase trabajadora»

Carlos Sainz Muñoz fue uno de los mayores críticos de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, que cambió el régimen para calcular el pago de las prestaciones sociales. Sin embargo, el abogado laboral recuerda que el sistema anterior se mantuvo en el contrato colectivo petrolero, del cual fue asesor. En 35 años de ejercicio de derecho del trabajo, Sainz Muñoz ha representado a los trabajadores en la negociación de las convenciones colectivas y otros reclamos laborales. Participó en la reforma legal de 1997 y asesoró a la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional en los intentos de reforma de la ley de 2005 y 2010. Ahora es integrante de la comisión presidencial que redacta la nueva legislación que será promulgada el 1º de mayo por el presidente Hugo Chávez. A juicio del experto, se hará dentro de los principios de la Constitución. Sainz Muñoz no ve la necesidad de crear los consejos de trabajadores porque la legitimidad de organizar la clase trabajadora corresponde a los sindicatos. --Los defensores de la reforma de la ley de 1997 destacan que con el sistema actual se revalorizó el salario, ya que el ingreso entonces estaba formado mayormente por bonos. --Hubo una mejoría cuantitativa pero se eliminó el régimen de recálculo con lo cual el trabajador se queda sin nada al finalizar la relación laboral, porque ha retirado parte o todo el dinero ahorrado junto con los intereses devengados. La reforma de 1997 fue el viernes negro del derecho del trabajo: se le arrebató a los trabajadores la retroactividad de las prestaciones. --Pero el trabajador retira sus prestaciones por la inflación. ---Este argumento no es cierto. Sin embargo, fue esgrimido por los empresarios para abaratar el costo que representaba calcular 30 días de salario anual de prestaciones calculadas por los años de servicio acumulados y con base en el último sueldo. Los empresarios se adelantaron a la imposición del Fondo Monetario Nacional de abaratar el costo de los despidos. --¿Cómo quedan los cinco días de salario al mes que actualmente se deposita a los trabajadores por prestaciones sociales? --Según la Constitución los derechos de los trabajadores son progresivos, intangibles e irrenunciable. Por ello, el nuevo sistema no puede eliminar la base de cálculo actual: los 5 días por mes más los 2 días adicionales después de 15 años de servicio. Esto da 90 días que, cumpliendo con la carta magna, son de carácter acumulativo de la retroactividad a la hora de...

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