Decisión de Juzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara de Monagas, de 16 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Segundo Ejecutor de Maturín , Punceres, Bolivar, Piar y Santa Barbara
PonenteGrecia Gutierrez
ProcedimientoMedida De Embargo Preventivo

Comisión: 05514

SOCIEDAD MERCANTIL COPO PRINT SERVICE,C.A/ COOPERATIVA LA MATANCERA 990

En horas de Despacho del día de hoy 16 de Marzo de 2011, siendo las 11:15 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y S.B.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por el ciudadano Y.J.R.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.298.473, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio H.L.P.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.876, a los fines de practicar la Medida de Embargo PREVENTIVO, decretada por el Tribunal Comitente: Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES ( VIA INTIMACION ),intentado contra la COOPERATIVA LA MATANCERA 990 y siendo las 11:35 a.m, se constituyó el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la sede del Banco Banesco, ubicado en la Carrera 6, Edificio Damireya, Piso 1, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente L.F., en su carácter de SUB-GERENTE, a quien el Tribunal notifico de su misión. Acto seguido interviene la parte actora y expone: “Señalo para ser Embargado preventivamente el dinero que reposa en la cuenta Corriente Nº 01340171391711047189, hasta cubrir la cantidad de (44.962,50 Bs), cuyo titular es COOPERATIVA LA MATANCERA. Y me reservo el derecho de seguir embargando preventivamente si la cuenta señalada no posee suficientes fondos. Es todo”.-El Tribunal en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara: Embargado Preventivamente la cantidad de(44.962,50 Bs), cuyo titular es COOPERATIVA LA MATANCERA, asimismo le hacer saber a la persona notificada que deberá librar en este acto Cheque de Gerencia por el monto señalado que reposa en la cuenta supra señalada, a favor del Tribunal Comitente: Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 540 del Código de Procedimiento Civil.- En este acto interviene la persona notificada y expone: “Consigno en este acto Cheque de Gerencia Nº librado a favor del Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por un monto de Bs. (44.962,50 Bs), de fecha 16 de Marzo de 2.011, y del Banco Banesco, todo de conformidad con lo ordenado por el Tribunal en funciones”.- Seguidamente el Tribunal recibe conforme el Cheque consignado por la persona notificada y sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:50 m.-

La Juez Suplente Especial

Abog. G.G.V.

La parte demandante y Abogado Asistente

La Persona Notificada

La Secretaria

Abog. Angelica Campos

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