Sentencia nº 1569 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Constitucional de 18 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorSala Constitucional
PonenteJuan José Mendoza Jover

Magistrado Ponente: JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER

Exp. 13-1042

El 29 de octubre de 2013, el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, remitió a esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el expediente contentivo de la decisión del 18 de octubre de 2013, que declaró terminado el procedimiento de amparo constitucional iniciado por el abogado Á.J.I.P., inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el n.° 6.685, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil PORCICRÍA, S.A., inscrita en el registro mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira bajo el n.° 30, Tomo 1-A, de fecha 16 de febrero de 1978, contra el fallo proferido por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 24 de febrero de 2010.

El 12 de noviembre de 2013, se dio cuenta en Sala del expediente contentivo del recurso de apelación ejercido, designándose como ponente al Magistrado J.J.M.J., quien, con tal carácter, suscribe el presente fallo.

En reunión del 5 de febrero de 2014, convocada a los fines de la reincorporación a la Sala del Magistrado F.A.C.L., en virtud de haber finalizado la licencia que le fue concedida por la Sala Plena de este M.T. para que se separara temporalmente del cargo, por motivo de salud, esta Sala quedó constituida de la siguiente manera: Magistrada G.M.G.A., Presidenta; Magistrado F.A.C.L., Vicepresidente; y los Magistrados y Magistradas L.E.M.L., Marcos T.D.P., C.Z.d.M., A.D.R. y J.J.M.J..

El 18 de febrero de 2014, esta Sala dictó auto n.° 29, mediante el cual ordenó oficiar al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes a su notificación remitiera a esta Sala, las actuaciones contentivas del juicio que, por cumplimiento de contrato intentó Porcicría, S.A. contra la ciudadana P.E.O.A. “so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

El 11 de junio de 2014, la Secretaría de esta Sala dio cuenta del oficio n.° 14-0131, del 23 de abril de 2014, mediante el cual se solicitó las referidas actuaciones.

ÚNICO

Ahora bien, esta Sala, visto que a la fecha no se han recibido las actuaciones solicitadas, las cuales son necesarias para hacer un pronunciamiento ajustado a derecho respecto al recurso de apelación ejercido, estima conveniente oficiar, nuevamente, al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio que, por cumplimiento de contrato, intentó Porcicría, S.A., contra la ciudadana P.E.O.A..

Igualmente, se advierte que el incumplimiento de la orden será sancionada con la multa establecida en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé lo siguiente:

Artículo 122. Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, remita a esta Sala copia certificada del expediente contentivo del juicio que, por cumplimiento de contrato intentó PORCICRÍA, S.A. contra la ciudadana P.E.O.A.,“so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 18 días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.

La Presidenta de la Sala,

G.M.G.A.

El Vicepresidente,

F.A.C.L.

Los Magistrados,

L.E.M.L.

Marcos T.D.P.

C.Z.d.M.

A.D.R.

J.J.M.J.

Ponente

El Secretario,

J.L.R.C.

Exp. N.° 13-1042

JJMJ

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR