Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 27 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteFernando José Marín Mosquera
ProcedimientoRecurso De Nulidad

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIV IL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintisiete (27) de marzo de dos mil doce (2012).

201º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 26 de marzo de 2012, por la abogada HEYMER C.R.D., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 180.351, actuando en representación de la sociedad mercantil Siderúrgica del Turbio, C.A., mediante la cual solicita la reposición la causa al estado de que se notifique al ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (“INPSASEL”), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Miranda de la admisión del recurso.

Ahora bien, este Tribunal revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que en el auto de admisión de fecha 28 de septiembre de 2010, se omitió notificar de la admisión del presente recurso al ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (“INPSASEL”), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Miranda, y visto que mediante auto de fecha 22 de febrero de 2012, se fijó oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, este Tribunal, a los fines de garantizar el derecho a la defensa de las partes y al debido proceso, anula el auto de fecha 22 de febrero de 2012. En consecuencia, se ordena la notificación del ciudadano Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (“INPSASEL”), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del estado Miranda mediante oficio, anexándole copia certificada del escrito libelar y demás anexos. Líbrese oficio una vez sean proveídos los fotostatos respectivos. Notifíquese los ciudadanos Consultor Jurídico del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, Fiscal General de la República, Procuradora General de la República, a la parte recurrente y al tercero interesado, con transcripción del presente auto. Asimismo, se deja entendido, que una vez que conste en autos las notificaciones respectivas, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes, este Tribunal fijará oportunidad para que tenga lugar la audiencia de juicio. Líbrese boleta y oficios.

EL JUEZ PROVISORIO,

F.M.M.

EL SECRETARIO

LUÍS ARMANDO SÁNCHEZ MAZA

En esta misma fecha se conmina a la parte actora a que consigne los fotostatos respectivos.

EL SECRETARIO

EXP. Nº 006743/neyer

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