Decisión de Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de Monagas, de 14 de Abril de 2015

Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
EmisorJuzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo
PonenteMarvelys Sevilla Silva
ProcedimientoQuerella Funcionarial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN EL ESTADO D.A.

Maturín, 14 de abril de 2015.

204º y 156º

ASUNTO: NP11-G-2014-000059

En fecha 26 de noviembre de 2014, la abogada Soired C.H.J., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 120.650, actuando en nombre propio y representación contra la CONTRALORIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS, consignó escrito de promoción de pruebas.

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento acerca de la admisibilidad o no de las pruebas presentadas por la parte querellante, la cual pasa a decidir en los siguientes términos:

De la Comunidad de la Prueba

La mencionada abogada en su escrito de promoción de pruebas reproduce y hace valer todas las documentales consignadas con el libelo de demanda; este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado D.A.. En Maturín a los catorce (14) días del mes de a.d.A.D.M. quince (2015). Año 204º de la Independencia y 156º de la Federación.-

La Jueza

MARVELYS SEVILLA SILVA

La Secretaria,

NILJOS LOVERA SALAZAR

MSS/NLS/rl.-

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