Decisión nº 38-2014 de Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 5 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agraria
PonenteBelkis Xiomara Mendez Ramirez
ProcedimientoMed. Caut. De Prot. A La Cont. De Activ. Agrorprod

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, cinco de diciembre de dos mil catorce.-

204º y 155º

Visto el escrito presentado en fecha 04/12/2014, por la ciudadana A.J.d.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.204.438, domiciliada en el Sector La Esmeraldina de la Parroquia Palmira, Municipio Guásimos del estado Táchira, asistida por los abogados I.A.M.B. y N.C.C.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 117.792 y 86.756 en su orden, mediante el cual en cumplimiento del auto dictado en fecha 18/11/2014 subsana los defectos u omisiones del escrito de solicitud presentado en fecha 13/11/2014, en consecuencia, vista el escrito contentivo de la solicitud de Medida Cautelar Autónoma de Protección Agroalimentaria y sus anexos, esta Instancia Agraria, admite cuanto ha lugar en derecho y acuerda practicar Inspección Judicial en un lote de terreno sin nombre, ubicado en el sector “La Esmeraldina”, parroquia P.d.M.G. del estado Táchira, con una cabida de dos hectáreas con cuatro mil trescientos setenta metros cuadrados (2 ha con 4370 m2), para el cuarto (4) día de despacho siguiente al de hoy a las nueve (9:00) de la mañana, igualmente se acuerda oficiar al Ministerio de Agricultura y Tierras (M.A.T.), a fin de que se sirva designar un experto que acompañe y aporte sus conocimientos técnicos a este Juzgado al momento de la misma. Líbrese oficio.

La Jueza Provisoria,

X.M.R., La Secretaria,

C.R.S.M.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR