Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 11 de Enero de 2007

Fecha de Resolución11 de Enero de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoAutorización Judicial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, once de enero de dos mil siete

196º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2006-006968

Por recibida la anterior Solicitud de Disposición de Bienes propuesta por la ciudadana A.M.G.D.P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.6.856.088, actuando en representación de sus hijos las adolescentes XXXXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Abogado A.H., junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de veintidós (22) folios útiles Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la Admite. Asimismo este Tribunal acuerda Notificar a la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación. Se acuerda oficiar al Departamento de Personal de la Empresa CONFAINVA, ubicada en Anaco, Estado Anzoátegui, a los fines de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal de las Prestaciones Sociales, Seguro de vida, Pensión por sobreviviente, Fideicomiso, Ley de Política Habitacional u otro beneficio que le correspondan a los adolescentes antes mencionados, en su carácter de herederos de su difunto padre, ciudadano A.J.P., quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 3.846.696. Librese Oficio. Asimismo se le informa que se ha Autorizado suficientemente a la ciudadana A.M.G.D.P., arriba identificada, para que retire el o los cheques en dicha Institución. Se acuerda la apertura de una cuenta de ahorros en Cero Bolívares (Bs.0), en la entidad Bancaria BANFOANDES, a nombre de las adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL 01.

DRA. S.S.F..

LA SECRETARIA Acc.

ABOG. M.C. BATISTA

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