Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 19 de Noviembre de 2013

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteDaniela María Valles Rodriguez
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 19 de Noviembre de 2013

203º y 154º

Vista la solicitud de Justificativo de P.M. (Título Supletorio), interpuesta por el ciudadano, E.A.G.I., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.346.093, asistido por el abogado en ejercicio, M.d.C.N., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.154.182, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 208.757, mediante el cual solicita título suficiente de propiedad, sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino La Josefina, Sector La Cumaca, Parcela Nº 38, Municipio San Diego del estado Carabobo, cuyos linderos son: NORTE: Calle A, vía de penetración que es su frente. SUR: Con Parcela Nº 36 propiedad de N.A.. ESTE: con parcela Nº 30 y 31 y OESTE: parcela Nº 37; las cuales constan de diferentes características a describir:

(…) En un lote de terreno que (…) mide DOSCIENTOS (200 Mts 2) construí a mis solas y únicas expensas unas bienhechurias, de uso residencial, consistentes en una (1) casa de habitación de una sola planta, con una área de construcción de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SIETE DECIMETROS (69,7 Mts2), con las siguientes características: estructuras de bases y columnas de concreto, paredes internas de adobe y paredes externas de bloque de cemento con cerámicas, ventanas de hierro, techo machihembrado con laminas asfálticas, mil tejas y platabanda, paredes perimetrales de piedras y mallas metálicas, rejas de hierro, y consta de las siguientes dependencias: dos (2) habitaciones principal y secundaria, dos (2) baños, una (1) cocina, una (1) sala recibo, un (1) corredor, una (1) parrillera, un (1) lavandero, posee poso séptico, un (1) tanque de agua subterráneo y un (1) tanque aéreo de agua; instalaciones para el colector de aguas negras, paredes perimetrales y además posee todos los servicios públicos donde he invertido por concepto de materiales de construcción y mano de obra la cantidad de DISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,00), y que ha sido poseída de forma continua, pacifica, publica, no interrumpida; asimismo, se ha cultivado matas de limón para el consumo personal en mencionado terreno (…)

. (Cursivas de este Juzgado Agrario).

En este orden de ideas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, ADMITE la solicitud de Justificativo de P.M. (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud, estima necesario realizar Inspección Judicial en las bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno ubicada en el Asentamiento Campesino La Josefina, Sector La Cumaca, Parcela Nº 38, Municipio San Diego del estado Carabobo; en consecuencia, se fija para el día martes 10 de diciembre de 2.013, a las once de la mañana (11:00 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo, se acuerda oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del estado Carabobo, a fin de solicitar su colaboración, para asignarnos a un (01) práctico adscrito a dicha Institución, a los fines de prestar asesoría técnica, en la práctica de la Inspección Judicial fijada y a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, a los fines de solicitar su colaboración, para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios.

La Jueza,

Abg. D.V.R.,

La Secretaria,

Abg. G.G.G.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria,

Abg. G.G.G.

Sol. Nº 00732.-

DVR/ggg/vpp.

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