Decisión nº C-1697-2014.- de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 21 de Febrero de 2014

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2014
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy viernes veintiuno (21) de febrero de dos mil catorce (2014), siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Ejecutor Titular Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PA DILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado Ejecutor de Medidas, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano F.A.M., titular de la cédula de identidad número V.- 22.681.495, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio J.I.R.L., titular de la cédula de identidad número V.- 9.350.184, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.564, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento al Exhorto de Comisión de Inspección Judicial emanado del Juzgado del Municipio G.d.H. de esta Circunscripción Judicial en la Solicitud N° 14.992-2014, sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo MUSTANG, Serial de Carrocería 1AJ026C16266, Serial de Motor V-8, Placa AB023RP, Año 1971, Color ROJO, Clase AUTOMOVIL, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 33183796, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 08-noviembre-2013, a nombre de F.A.M., cédula de identidad N° V22681495. Constituido como se encuentra este Juzgado Ejecutor, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano W.C.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 6.220.389, en su carácter de Jefe de la División de Vehículos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación La Fría, al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano F.A.M., debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio J.I.R.L. supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez Ejecutor se sirva dar cumplimiento a la presente comisión, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados, a excepción de lo solicitado en el Particular Segundo; Literal C. Es todo”. Este Juzgado vista la precedente exposición, la acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Juzgado por el funcionario W.C.R., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal Ejecutor de Medidas conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo objeto de la presente inspección presenta las siguientes características: Marca FORD, Modelo MUSTANG, Serial de Carrocería 1AJ026C16266, Serial de Motor V-8, Placa AB023RP, Año 1971, Color ROJO, Clase AUTOMOVIL, Tipo COUPE, Uso PARTICULAR, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, presenta color original (rojo) señalado en el Registro de Vehículo con una franja negra de frente a fondo, posee las dos placas identificadoras (AB023RP), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero y trasero en regular estado, cauchos en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto de que el vehículo objeto de la presente inspección: A.- SERIALES: 1.- Presenta chapa de identificación de seriales ubicada en el borde de la puerta izquierda, en ella se lee 1AJ026C16266, siendo original en cuanto su sistema de elaboración, estampado y fijación, coincide con el serial señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 33183796. 2.- Presenta chapa con serial body ubicado en el frontal o cara de vaca, en su lado derecho, el cual se lee 62729, el mismo es original en cuanto su sistema de elaboración, estampado y fijación, mas no coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 33183796, ello debido a cambio de frontal, según se desprende de Nota de Entrega Nº 0573, de fecha 20-07-04, emitida por INVERSIONES LEANDRO, R.I.F. J-30441441-2, con domicilio en La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, la cual fue consignada en el presente escrito en copia fotostática simple, presentando en este acto su original para vista y devolución. 3.- Presenta serial ubicado en el compacto lado izquierdo, parte superior delantera, en el cual se lee AJF10N78952, el cual es original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 33183802. B.- PLACAS IDENTIFICADORAS: En lo referente a las placas identificadoras AB023RP, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. C.- El Tribunal Ejecutor, deja constancia que el presente particular no va a ser desarrollado, todo por solicitud de parte. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal Ejecutor, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. No siendo otro el objeto de este Tribunal Ejecutor, declara cumplido el exhorto ordenado por el Tribunal comitente, y acuerda regresar a su sede siendo las diez y cincuenta horas de la mañana (10:50 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez Ejecutor Titular

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante

F.A.M.

Abogado Asistente

J.I.R.L.

Notificado-Perito Experto

W.C.R.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y.PADILLA C.

Sol. N° 14.992-2014.-

C-1697-2014.-

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