Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 18 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy martes dieciocho (18) de noviembre de dos mil catorce (2014), siendo las nueve y cuarenta horas de la mañana (09:00 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Titular Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano F.J.C.C., titular de la cédula de identidad número V.- 8.090.466, debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio M.V.S.L., titular de la cédula de identidad número V- 20.098.532, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 214.872, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0077-2014, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca ISUZU, Modelo CARIBE-442, Serial de Carrocería D5K51GEV400942, Serial de Motor 555830, Placa MCG65V, Año 1984, Color GRIS, Clase CAMIONETA, Tipo SPORT-WAGON, Uso PARTICULAR, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 25840828, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 03-OCTUBRE-2007, a nombre de F.J.C.C., cédula de identidad N° V08090466. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano Oficial Agregado F.A.Z., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 13.763.225, en su carácter de Experto en Vehículos de la Policía Nacional Bolivariana, anteriormente T.T., al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano F.J.C.C., debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio M.V.S.L. supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario de T.T.. F.A.Z., supra identificado. AL PRIMER: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo presentado para ser objeto de la inspección judicial ostenta las siguientes características: Marca ISUZU, Modelo CARIBE-442, Serial de Carrocería D5K51GEV400942, Serial de Motor 555830, Placa MCG65V, Año 1984, Color GRIS, Clase CAMIONETA, Tipo SPORT-WAGON, Uso PARTICULAR, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en buen estado, tapicería en regular estado, presenta color original (gris) señalado en el Registro de Vehículo con una franja azul, posee las dos placas identificadoras (MCG65V), posee dos retrovisores externos, luces en regular estado, vidrios en buen estado, cauchos en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto de que el vehículo objeto de la presente inspección: A.- SERIALES: 1.- presenta serial de chasis, ubicado en el área trasera superior del chasis derecho, detrás del caucho, troquel bajo relieve, se encuentra original, en ella se lee D5K51GEV400942. Coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 25840828. 2.- presenta serial de motor, ubicado en el área trasera inferior izquierda, se encuentra original al utilizado por la planta ensambladora, troquel bajo relieve, se lee 555830, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 25840828. 3.- Asimismo, presenta chapa o serial de carrocería ubicado en el área lateral delantera derecha en el paral de la puerta del conductor, con sistema de fijación dos remaches, troquel bajo relieve, la misma se encuentra desincorporada por deterioro del sistema de fijación, la misma se encuentra en poder del solicitante; se lee D5K51GEV400942, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 25840828. B.- PLACA DE IDENTIFICACIÓN: En lo referente a las placas identificadoras MCG65V, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto, todo constante de un (01) folio útil. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las nueve y treinta y cinco horas de la mañana (09:35 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante La Abogada Asistente

F.J. COLMENARES C. M.V.S.L.

Notificado-Perito Experto

F.A.Z.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y.PADILLA C.

Sol. N° 0077-2014.-

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