Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 28 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoAutorización De Viaje

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, veintiocho de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO : BP02-S-2007-006151

Por recibida la anterior Solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR, propuesta por la ciudadana LUCIA FREDEVINDA B.T., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.793.152, domiciliada en la Calle Los Apamates, Casa N° A-10, Urbanización Vista Alta, Barcelona, Municipio B. delE.A., actuando en nombre y representación de su hijo el niño XXXXXXXXXXXXXXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Un (01) folio útil y Dos (02) anexos.- Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, la Admite por cuanto la misma no es contraria a derecho, y en consecuencia a los fines de proveer sobre la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, Ordena 1) Oír la opinión de dos (2) testigos que la parte interesada presentare en su debida oportunidad..-2) Oficiar al DIRECTOR DE LA OFICINA NACIONAL DE IDENTIFICACION Y EXTRANJERIA, (ONIDEX), BARCELONA, a los fines de que se sirva informar a este Tribunal, a la mayor brevedad posible la dirección actual del ciudadano C.J.P.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.506.537 Líbrese oficio. 3) Asimismo, se ordena notificar a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01.

ABG. S.S. FIGUERA.-

LA SECRETARIA.

ABG. ORLYMAR CARREÑO..

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.

ABG. ORLYMAR CARREÑO..

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