Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 4 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteDaniela María Valles Rodriguez
ProcedimientoAuto De Admision

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 04 de diciembre de 2013

203º y 154º

Vista la solicitud de Justificativo de P.M. (Título Supletorio), interpuesta por el ciudadano, L.I.M.B., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.435.448 y debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio, A.J.G.S., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.520.672, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 12.994; sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno ubicada en el Sector La Aduana, Parroquia Guigue, Municipio C.A. del estado Carabobo, cuyos linderos son: NORTE: Con terrenos ocupados por la familia Morillo, C.d.V., Carmen rincones y L.R.. SUR: Terreno ocupado por la familia Morillo. ESTE: Terreno ocupado por V.C. y OESTE: Terreno ocupado por V.V., C.P., terreno ocupado por Marcano Pérez y J.E., demarcado por los puntos de coordenadas levantadas en proyección Universal Transversal de Mercator (UTM) Huso 19, Datum CANOA; identificados de la siguiente manera: 1 Norte: 1115093; Este: 636875; 2 Norte: 1115016, Este: 636888; 3 Norte: 1115008; Este 636898; 4 Norte: 1114775; Este: 636942; 5 Norte: 1114749; Este: 636959; 6 Norte: 1114718; Este: 636969; 7 Norte:1114684; Este: 636965, 8 Norte: 1114635; Este: 636970; 9 Norte: 1114645; Este: 636900; 10 Norte: 1114623; Este: 636791; 11 Norte: 1114620; Este: 636779; 12 Norte: 1114598; Este: 636745; 13 Norte: 1114582; Este: 636663; 14 Norte: 1114734; este: 636639; 15 Norte: 1114735; este: 636581; 16 Norte: 114763; Este: 636537; 17 Norte: 1114771; Este: 636528; 18 Norte: 1114829; Este: 636565; 19 Norte: 1114771; Este: 636528; 18 Norte: 1114829; este 636565; 19 Norte: 1114844; Este: 636564; 20 Norte: 1114933; Este: 636495; 21 Norte: 1114954; este: 636498; 22 Norte: 1114962; Este: 636497; 23 Norte: 1114987; Este: 636491; 24 Norte: 1114991; Este: 636513; 25 Norte: 1114987; Este: 636522; 26 Norte: 1115061; Este: 636536; 27 Norte: 1115038; Este: 636606; 28 Norte: 1115051; Este: 636616; 29 Norte: 1115015; Este: 636648; 30 Norte: 1115021; Este: 636653; 31 Norte 1115042; Este: 636670; 1 Norte: 1115093; Este: 636875; las cuales constan de diferentes características a describir:

“(…) he construido (…). (...) un galpón que mide veinticinco metros (25 mts) de largo por diez metros (10 mts) de ancho, con techo de acerolit, piso de cemento rústico, varandas de hierro, una cochinera que mide cuarenta metros (40 mts) de largo por treinta metros (30 mts) de ancho, piso de cemento rústico, techo de zinc, paredes de bloque, y siembra de. (…).(…)limones, cambures, plátanos, lechosa, caraota, maíz, verduras como papas, yucas, auyama, ajíes, cilantro, melones, mangos, naranjas, tubérculos, zanahorias, remolachas, pastos, ocumo (…) (…)cría de (…) ganado vacuno y caballar, cochinos, gallinas, pavos, he fomentado cercas y abierto cortafuegos, construido cochineras y resguardo del campo y cultivado la tierra. (…) (…) labores de limpieza, deshierbe, desmalezamiento y eliminación de barbecho.(…) (…) sobre el lote de terreno identificado y denominado “ LAS QUEBRADAS 448, ubicado en el sector La Aduana.(…).(…) constante de una superficie de DIECISEIS HECTAREAS CON DOS MIL CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (16 HS CON 2042M2) (…) ”. (Cursivas de este Juzgado Agrario).

En este orden de ideas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, ADMITE la solicitud de Justificativo de P.M. (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud, estima necesario realizar Inspección Judicial en las bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno ubicada en el Sector La Aduana, Parroquia Guigue, Municipio C.A. del estado Carabobo; en consecuencia, se fija para el día martes catorce (14) de enero de 2.014, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo, se ordena librar cartel de emplazamiento, a los fines que todas las personas que pudiesen tener derechos y/o interés sobre el bien inmueble, comparezcan por ante este Tribunal a formular oposición u objeción a la mencionada solicitud, dentro del lapso de quince (15) días de despacho contados a partir que consten en autos la publicación y consignación del mencionado cartel, el cual deberá publicarse en el Diario de circulación regional “NOTITARDE” de este Estado. En este sentido, se ordena oficiar a la ciudadana Yinerby Quintana, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.763.859, Ingeniero Agrónomo, a los fines de prestar asesoría técnica, en la práctica de la inspección judicial fijada. Igualmente, se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, a los fines de solicitar su colaboración, para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios y Cartel de Emplazamiento.

La Jueza,

Abg. D.V.R.,

La Secretaria,

Abg. G.G.G.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria,

Abg. G.G.G.

Sol. Nº 00737.-

DVR/ggg/vpp.

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