Decisión de Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente de Trujillo, de 20 de Julio de 2006

Fecha de Resolución20 de Julio de 2006
EmisorTribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
PonenteAlejandrina Rivas Ruiz
ProcedimientoAutorización Judicial

SALA DE JUICIO N° 2

Trujillo, 20 de Julio de 2006.

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

Solicitante: N.D.V.T., titular de la cédula de identidad N° 12.940.462.

Abogado asistente: O.D.C., en su carácter de Defensor Público de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Trujillo.

Motivo: AUTORIZACIÓN PARA REPRESENTAR EN INSTITUTO EDUCATIVO

Exp N° 0999

SINTESIS

Vista la anterior solicitud y sus recaudos anexos, désele entrada y curso de ley. Por cuanto la solicitud presentada por el ciudadano: N.D.V.T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.940.462, quien actúa en nombre y representación de su hijo el niño: (Se omite el nombre según lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en la cual solicita autorización para que la ciudadana: Y.V. de Urbina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.785.585, represente al referido niño ante la Unidad Educativa R.M.U., ubicada en el Municipio Pampán del Estado Trujillo.

DISPOSITIVA

Este Tribunal, dando cumplimiento de conformidad con los artículos 78 y 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente decide en consecuencia, tomando en consideración los recaudos anexos a la solicitud, lo siguiente:

PRIMERO

Se autoriza a la ciudadana: Y.V. de Urbina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.785.585, para que represente al niño: (Se omite el nombre según lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), ante la Unidad Educativa R.M.U., ubicada en el Municipio Pampán del Estado Trujillo.

SEGUNDO

Provéase lo conducente.

La Juez Suplente Especial,

Abog. A.R.R.

La Secretaria Temporal,

Abog. M.A.P.

AARR/MAPV/jrec.

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