Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 9 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy nueve (09) de octubre de dos mil catorce (2014), siendo las doce y treinta horas de la tarde (12:30 p.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRIENIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano O.A.M.L., titular de la cédula de identidad número V- 17.220.493, debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio C.B.C.A., titular de la cédula de identidad número V- 11.301.144, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.706, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0046-14, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo LAND CRUISER, Serial de Carrocería FJ40111394, Serial de Motor F554094, Placa AH525IG, Año 1971, Color ROJO, Clase RUSTICO, Tipo TECHO DE LONA, Uso PARTICULAR. El cual posee Certificado de Registro de Vehículo expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre N° 31893824, de fecha 02 de septiembre de 2014, a nombre de O.A.M.L., cédula de identidad N° V17220493. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano F.A.Z., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 13.763.225, en su carácter de Experto en Vehículos de T.T., al cual se le procedió a designar como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano O.A.M.L., debidamente asistido para este acto por la Abogada en Ejercicio C.B.C.A., supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados, a excepción de lo señalado en el Particular Tercero literal A. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario de T.T.F.A.Z., supra identificado. AL PRIMER Y SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que fue presentado para ser objeto de Inspección Judicial un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo LAND CRUISER, Serial de Carrocería FJ40111394, Serial de Motor F554094, Placa AH525IG, Año 1971, Color ROJO, Clase RUSTICO, Tipo TECHO DE LONA, Uso PARTICULAR, coincidiendo en sus datos identificatorios con los señalados en el escrito de Inspección Judicial, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, presenta color rojo, el señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (AH525IG), posee un retrovisor externo, luces en regular estado, vidrio parabrisas en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto: SERIALES: 1.- Se encuentra desprovisto de la chapa de identificación de seriales que debería estar ubicada en el área lateral derecha interna del motor (guardafangos derecho), se presume que ello debido al deterioro de los elementos de fijación de la misma por los años de servicio del vehículo. 2.- Presenta Serial ubicado en el chasis derecho, parte lateral externa delantera, en el cual se lee FJ40111394, el cual es original en cuanto a su sistema de elaboración y estampado (troquel bajo relieve), coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 31893824. 3.- Presenta Serial de motor ubicado en la parte inferior derecha trasera, en el cual se lee F554094, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículos N° 31893824. PLACA DE IDENTIFICACIÓN: En lo referente a las placas identificadoras AH525IG, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL CUARTO PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales tomadas por el experto designado, todo constante de un (01) folio útil. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo la una y quince horas de la tarde (01:15 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante

O.A. MONCADA L

Abogada Asistente

C.B. CAMPOS A.

Notificado-Perito Experto

F.A.Z.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y. PADILLA C.

Sol. N° 0046-2014.-

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