Decisión nº 291 de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 4 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2006
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteNarquiz Chirinos Rodriguez
ProcedimientoDeclinatoria De Competencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo

Punto Fijo, 4 de Mayo de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-003716

ASUNTO : IP11-P-2005-003716

AUTO DE DECLINACION DE COMPETENCIA

Por cuanto cursa por ante este Tribunal Primero de Control Asunto signado con el número IP11-P-2005 - 00003716, contentivo de Orden de Aprehensión y por error se le ha dado ingreso al mismo asunto, escrito de solicitud de entrega de vehículo interpuesta por la ciudadana P.S., plenamente identificados en autos, observándose de acuerdo al Sistema Automatizado que el mismo guarda relación con el asunto que cursa por ante EL Tribunal Tercero de control de esta misma jurisdicción penal, numero: IP11P--2005-002856, por lo que se estima procedente remitir las presentes actuaciones a los fines de su acumulación. En aras del Principio de Economía Procesal de conformidad con el Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal Primero de Control del Circuito Penal Extensión Punto Fijo. Administrando justicia en Nombre de la República y por la Autoridad de la Ley, Ordena La DECLINACION de la competencia del conocimiento del presente asunto al Tribunal Tercero de Control por cuanto el mismo guarda relación con el asunto principal que cursa por ante dicho Tribunal, Remítase las presentes actuaciones al referido Tribunal, Ofíciese lo conducente y Notifíquese a las partes de la presente resolución. Así se Decide.-

La Juez Primero de Control

Abg. Narquis Chirinos

La secretaria

Abg. ELIMAR LUGO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR