Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 18 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2014
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

En horas de despacho del día de hoy martes dieciocho (18) de noviembre de dos mil catorce (2014), siendo las nueve y cuarenta horas de la mañana (09:40 a.m.), conforme al auto inmediatamente anterior, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conformado por el Juez Titular Segundo de Municipio Abg. R.M.N.R. y la Secretaria del Tribunal Abg. TRINEIMA YERINNE PADILLA CONTRERAS, y se constituyó en el Estacionamiento del Centro Comercial Don Erasmo, Urbanización Los Jabillos, al frente de la sede de este Juzgado, La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T. lugar señalado por el ciudadano P.A.S.G., titular de la cédula de identidad número V.- 9.333.735, debidamente asistido para este acto por el Abogado en Ejercicio E.M.R., titular de la cédula de identidad número V- 9.357.021, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.768, quien actúa con el carácter de solicitante de la presente causa, todo con el fin de dar cumplimiento a la Solicitud N° 0048-2014, nomenclatura de este Tribunal, la cual versa sobre un vehículo el cual presenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo LAND CRUISER, Serial de Carrocería FJ45947035, Serial de Motor 2F-868370, Placa A73AT8S, Año 1985, Color VERDE, Clase RUSTICO, Tipo ESTACAS, Uso CARGA, según se desprende de Certificado de Registro de Vehículo N° 29037142, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 3-febrero-2010, a nombre de P.A.S.G., cédula de identidad N° V09333735. Constituido como se encuentra este Tribunal, el Juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano Oficial Agregado F.A.Z., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 13.763.225, en su carácter de Experto en Vehículos de la Policía Nacional Bolivariana, anteriormente T.T., al cual se le designó como Perito Experto en Vehículos y quien estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. En este estado solicito el derecho de palabra el solicitante ciudadano P.A.S.G., debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio E.M.R. supra identificados, y concedido que le fue expuso: “Solicito al ciudadano Juez se sirva dar cumplimiento a la presente Solicitud de Inspección Judicial, en consecuencia, proceda a dejar constancia de los particulares solicitados. Es todo”. Vista la precedente exposición, se acuerda en conformidad, en consecuencia, se procede a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección Judicial, asistido debidamente este Tribunal por el funcionario de T.T.. F.A.Z., supra identificado. AL PRIMER PARTICULAR: El Tribunal conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia que el vehículo presentado para ser objeto de la inspección judicial ostenta las siguientes características: Marca TOYOTA, Modelo LAND CRUISER, Serial de Carrocería FJ45947035, Serial de Motor 2F-868370, Placa A73AT8S, Año 1985, Color VERDE, Clase RUSTICO, Tipo ESTACAS, Uso CARGA, y el mismo se encuentra en las siguientes condiciones: pintura y latonería en regular estado, tapicería en regular estado, presenta color original (verde) señalado en el Registro de Vehículo, posee las dos placas identificadoras (A73AT8S), posee dos retrovisores externos y uno interno, luces en regular estado, vidrios en buen estado, posee parrilla delantera en regular estado, parachoques delantero en regular estado, cauchos en regular estado, plataforma en regular estado. AL SEGUNDO PARTICULAR: El Tribunal deja expresa constancia con el experto de que el vehículo objeto de la presente inspección: A.- SERIALES: 1.- Presenta chapa de carrocería, ubicada en el área delantera derecha del cortafuego, con sistema de fijación dos remaches, los cuales son originales, y troquel en bajo relieve, en el cual se lee FJ45947035, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 29037142. 2.- Presenta seriar de motor, ubicado en el área trasera media derecha, troquel bajo relieve, se encuentra original, en el mismo se lee 2F-868370, coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 29037142. 3.- Presenta serial de chasis ubicado en el área delantera lateral derecha del chasis derecho, en el cual se lee FJ45158869, el cual es original en cuanto a su material de elaboración y estampado, NO coincide con el señalado en el Certificado de Registro de Vehículo N° 29037142, ello debido a cambio de chasis según se desprende de Factura de compra N° 1121, de fecha 20-10-90, emitida por TALLER GONZALO, RIF V072975778, domicilado en Guasdualito, Estado Apure. B.- PLACAS IDENTIFICADORAS: En lo referente a las placas identificadoras A73AT8S, se deja constancia de que las mismas son auténticas y corresponden al vehículo objeto de la presente inspección, luego de ser verificadas en el sistema Sipol-Inttt. AL TERCER PARTICULAR: El Tribunal, conjuntamente con el experto deja constancia: que de conformidad con el Sistema de Información Policial, el Vehículo objeto de la presente inspección, ni alguno de sus seriales se encuentran solicitados por ante algún Organismo de Seguridad del Estado o/u Organismo Policial. AL CUARTO PARTICULAR: No se presentó asunto alguno. Es todo. Se deja constancia que se anexan a la presente inspección judicial las improntas correspondientes de las chapas de seriales, tomadas por este Tribunal y el experto designado, todo constante de un (01) folio útil. No siendo otro el objeto de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, declara cumplida la presente Inspección Judicial y acuerda regresar a su sede siendo las ¬¬¬¬¬¬diez y quince horas de la mañana (10:15 a.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.

El Juez de Municipio

Abg. R.M. NIETO R.

El Solicitante Abogado Asistente

P.A.S.G.E.M.R.

Notificado-Perito Experto

F.A.Z.

La Secretaria

Abg. TRINEIMA Y.PADILLA C.

Sol. N° 0048-2014.-

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