Decisión nº 0412-2008 de Tribunal Primero de Control de Zulia (Extensión Santa Bárbara), de 5 de Junio de 2008

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2008
EmisorTribunal Primero de Control
PonenteJosé Luis Molina Moncada
ProcedimientoRemisión De La Causa Al Fiscal Ministerio Público

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA

EXTENSION S.B.D.Z.

S.B.d.Z., 05 de Junio de 2008

198º y 149º

Decisión N° 0412 – 2008. Causa N° CO1-1941-2007

De una revisión realizada a las actuaciones que conforman el presente expediente observa el Tribunal que bajo el folio 45 obra planilla denominada Registro de Recepción y Entrega de Vehículos Recuperados, Estacionamiento y Depósito “Machiques”, Compañía Anónima (Edmaca), concesionario I.N.T.T.T.I., sector Cerro Alto, Av. Principal V.d.C., y bajo el folio 43, cursa oficio N° CR3-DF32-2DA.CIA-SIP-929, de fecha 26 de Mayo de 2007, y de sus contenidos se observa que el vehículo Automóvil, marca Chevrolet, color morado, modelo chevette, tipo sedan, placa N° VFY-363, seriales de carrocería 5E69JFV351270, solicitado por la ciudadana R.E.Q.A., fue depositado en dicho estacionamiento, ubicado en Machiques, Estado Zulia. También observa el Tribunal que bajo el folio 62 del expediente, riela Acta de Investigación Penal de fecha 25 de Septiembre de 2007, levantada por los ciudadanos A.P. y M.D., adscritos a la Sub Delegación de Machiques del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de la cual se evidencia que los mencionados ciudadanos, por orden de este Despacho, se trasladaron en fecha 25 de Septiembre de 2007, al referido estacionamiento y depósito Machiques (Edmaca) con el fin de practicar experticia de reconocimiento al vehículo antes descrito, quienes una vez presentes en el referido estacionamiento y luego de identificarse como funcionarios de ese Cuerpo Policial e imponerse del motivo de su visita en dicho establecimiento, fueron atendidos por el ciudadano J.G.C.V., residenciado en dicho depósito judicial, quien luego de realizar un recorrido por el mismo en compañía de la comisión y luego de verificar el listado de vehículos ingresados, les manifestó que dicho vehículo no se encontraba en el referido estacionamiento.

Ahora bien, como consecuencia del contenido de dicha acta, por auto de fecha 07 de Noviembre de 2007, se ordenó oficiar nuevamente al referido órgano de policía de investigación penal, ratificándole el contenido del oficio N° 1263-2007, de fecha 19 de Julio de 2007, toda vez que de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que el vehículo objeto de la presente causa, se encuentra depositado en el referido estacionamiento judicial, ordenándose remitirle copia de planilla denominada Registro de Recepción y Entrega de Vehículos Recuperados, cuyas resultas, no han sido recibidas. Así mismo, bajo el folio 66 del expediente cursa, auto de fecha 01 de Febrero de 2008, mediante el cual se ordenó oficiar a la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional N° 32, Segunda Compañía, para que informe si ese Comando depositó en el estacionamiento y depósito Machiques, C.A., ubicado en el sector Cerro Alto, Av. Principal V.d.C., Machiques, Estado Zulia, el vehículo objeto de la presente causa, retenido a la ciudadana R.E.Q.A.. Bajo el folio 68 del expediente cursa auto de fecha 07 de Mayo de 2008, por medio del cual se ordenó oficiar al Comando Regional N° 3, Segunda Compañía, Casigua El Cubo, Estado Zulia, ratificándole el contenido del oficio N° 0269-2008, de fecha 01 de Febrero de 2008, cuya información requerida, no ha sido suministrada hasta la fecha del presente auto, todo lo cual, incide de manera negativa para determinar con certeza el lugar donde se encuentra estacionado el vehículo solicitado por la ciudadana R.E.Q.A., y por consiguiente, para decidir la solicitud de entrega de vehículo, por cuanto no se ha podido practicar la experticia de reconocimiento ordenada por auto de fecha 19 de Julio de 2007 (folio 59). Por lo tanto, a los efectos de determinar el lugar donde se encuentra estacionado el vehículo clase Automóvil, marca Chevrolet, color morado, modelo chevette, tipo sedan, placa N° VFY-363, seriales de carrocería 5E69JFV351270, se ordena remitir el presente expediente a la Fiscalía Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con la finalidad que abra una investigación con el objeto de ubicar el referido vehículo y si se ha cometido un hecho punible contra la propiedad, y en su caso, identificar a los autores y demás participes, luego de lo cual, se servirá remitir el presente expediente, para ordenar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicar la experticia correspondiente y resolver luego la solicitud de entrega de vehículo. Notifíquese a la ciudadana R.E.Q.A.. Remítase con oficio. Cúmplase.

El Juez Primero de Control,

Abg. J.L.M.M.

La Secretaria,

Abg. Lixaida M.F.F.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado se, asentó la presente decisión bajo el N° 0412 - 2008 y se ofició bajo los No. 1.524 y 1.525 – 2008.

La Secretaria,

Abg. Abg. Lixaida M.F.F.

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