Decisión nº C-1511-2012 de Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez de Tachira, de 10 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución10 de Febrero de 2012
EmisorJuzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Garcia de Hervía, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodriguez
PonenteRafael Manuel Nieto Ricaurte
ProcedimientoInspección Judicial

Siendo las ocho y treinta horas de la mañana (08:30 a.m.) del día de hoy viernes diez (10) de febrero del año dos mil doce (2012), de conformidad con el auto inmediatamente anterior y en horas de despacho se trasladó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios G.d.H., Panamericano, S.D.M. y S.R.d. la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, constituido por el ciudadano Abg. R.M.N.R., Juez Ejecutor de Medidas, Abg. LETTI C.C.D. M, Secretaria Temporal del Tribunal y el ciudadano H.A.R.M., asistente del mismo y se constituyó en la Oficina de la Empresa Mercantil “Línea Transporte Frontera Compañía Anónima”, ubicada en el local N° 16 del Terminal de Pasajeros de la población de La Fría, Municipio G.d.H.d.E.T., final de la calle 2; todo con el fin de continuar con la Inspección Judicial ordenada en Comisión por el Juzgado del Municipio G.d.H. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en solicitud número 14.451-2012. Presente en este acto la ciudadana R.Y.Z.D.V., titular de la cédula de identidad N° V.- 11.971.302 debidamente asistida por el profesional del derecho C.A.A.G., venezolana, titular de la cédula de identidad número V-15.456.036, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.861. Constituido el Tribunal, el ciudadano Juez Abg. R.M.N.R., procedió a notificar de la misión a cumplir a un ciudadano que dijo ser y llamarse C.J.J.G., titular de la cédula de identidad número V-7.897.918, en su condición de Presidente de la Empresa Mercantil en la cual se encuentra constituido este Juzgado, a quien se le dio lectura del escrito de la solicitud de inspección a los fines de que el mismo tuviera conocimiento de los particulares a desarrollar. En este estado la parte actora la ciudadana R.Y.Z.D.V., debidamente asistida por el profesional del derecho C.A.A.G., plenamente identificada en la presente acta, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Muy respetuosamente solicito a este d.T. se le de cumplimiento estricto a la presente comisión conferida a este Juzgado, en consecuencia se deje constancia de los particulares solicitados en el escrito de inspección judicial que riela al folio uno (01) y dos (02) de la presente comisión. Es todo.”. Este Juzgado vista la precedente exposición y dando cumplimiento estricto a la comisión de Inspección Judicial ordenada por el Tribunal Comitente, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a dejar constancia de los particulares solicitados en el escrito de Inspección judicial de la siguiente manera: AL PRIMER PARTICULAR: En cuanto al presente particular, este Tribunal le solicita al notificado ciudadano C.J.J.G., en su condición descrita, que coloque a disposición de este Despacho el Libro de Accionistas y el Libro de Actas de Asamblea de la Empresa que él representa, a los fines de dejar constancia del presente particular. En este estado el notificado presenta al Juzgado Ejecutor el Libro de Actas de Asamblea y el Libro de Accionistas, el Tribunal previa revisión y análisis de los mismos observa y deja constancia: 1-. En el Libro de Actas de Asamblea de la Empresa Mercantil “Transporte Frontera C.A.”, en su folio N° 7; correspondiente al Acta N° 48, de fecha 03 de marzo de 2007, renglón 23 al 32, se desprende claramente que en fecha 03-03-2007, el ciudadano H.O.V.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 9.344.806, fue aceptado como socio de “Transporte Frontera”, por autorización de compra de la acción al socio J.O.G.P., titular de la cédula de identidad N° V.- 9.344.720, posteriormente perfeccionada según documento notariado por ante La Oficina Notarial de La Fría, Estado Táchira, de fecha 12 de Junio de 2008, inserto bajo el N° 30, Folios 61-62, Tomo 41, del Libro de Autenticaciones. Igualmente se deja constancia, de que en acta N° 69, de fecha 11-09-2011, la cual es la última que aparece asentada en dicho libro para la fecha de hoy, en su folio N° 94 vuelto, renglón N° 29, se identifica aun como socio al ciudadano H.O.V.M.. Se deja expresa constancia de que el Libro de Actas presentado se encuentra debidamente foliado y autorizado por el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 30-05-2006, constante de 200 folios 2.- Que en el libro de accionistas o socios de la Empresa Mercantil “Transporte Frontera C.A.”, en ninguno de sus folios aparece como accionista el ciudadano H.O.V.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 9.344.806, aún se mantiene como socia la ciudadana E.L.Q., titular de la cédula de identidad N° V.- 14.036.368, quien le vende al ciudadano J.O.G.P., quien a su vez, según el acta de asamblea supra citada, fuera quien vendiera su acción al ciudadano H.O.V.M.. Según información aportada por el notificado y representante legal de la Empresa Mercantil TRANSPORTE FRONTERA C.A., debido a falta de actualización del Libro de Accionistas. AL SEGUNDO PARTICULAR: En cuanto al presente particular este Tribunal observa y deja constancia que por información del notificado, cada acción da derecho al socio al uso exclusivo de una unidad, en este caso estaríamos hablando de la acción número 17, la cual le da derecho al socio H.O.V.M., al uso exclusivo de la unidad PLACA: 6012A0S, SERIAL CARROCERIA: F24512, SERIAL DEL MOTOR: 468TM2U487385, MARCA: BLUE BIRD, MODELO: 1975, AÑO: 1975, COLOR: BLANCO Y MULTICOLOR, CLASE: AUTOBUS, TIPO: COLECTIVO, USO: TRANSPORTE PÚBLICO, NUMERO DE PUESTOS: 50, NUMERO DE EJE: 2, SERVICIO: INTER URBANO, siendo el ciudadano H.O.V.M., el titular del valor del cupo o acción que representa. En este estado el notificado ciudadano C.J.J.G., actuando en su condición ya descrita consigna a los fines de que sean agregados al la presente copia fotostática simple constante de tres (3) folios útiles, de el documento de venta supra citado y el Certificado de Registro de Vehículo de uso exclusivo de la acción N° 17, se acuerda agregar en autos dichas copias fotostáticas consignadas. No siendo otro el objeto del tribunal, la secretaria le dio lectura al acta y conforme se firma. El Juzgado regreso a su sede natural siendo las nueve y veinte horas de la mañana (09:20 a.m.)

El Juez Ejecutor

ABG. RAFAEL, NIETO R

Solicitante El Notificado

R.Y. ZAMBRANO DE V. C.J.J.G.

Abogado Asistente. Asistente del Tribunal

C.A.G.H.A.R.M.

Secretaria del Tribunal

Abg. LETTI C. C.d.M.

Comisión Nro. 1511-2012

Solicitud Nro. 14.451-2012

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