Decisión de Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. de Caracas, de 26 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
PonenteLorelis Sanchez
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA

DE CARACAS

Años: 206º y 157º

Exp. Nº AP31-S-2016-007259

SOLICITANTE (S): Abogado W.A.C.S., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 211.925, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos A.J.B., D.A.B.M. y VICENMER COROMOTO BRAVO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-6.034.200, V-15.838.904 y V-16.894.734, respectivamente.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Como hechos constitutivos de la pretensión procesal sometida a la consideración de este Tribunal, afirma la parte solicitante, entre otras cosas lo siguiente:

Se inicia el presente procedimiento mediante escrito de solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentado por el Abogado W.A.C.S., inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 211.925, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos A.J.B., D.A.B.M. y VICENMER COROMOTO BRAVO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-6.034.200, V-15.838.904 y V-16.894.734, respectivamente, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual expone que como consta en Acta de Defunción Nº 423, Folio Nº 23, Tomo: 2, correspondiente al año 2001, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 21 de Mayo de 2001, falleció G.M.M.D.B., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.579.705, quien dejó esposo y dos hijos; su cónyuge ciudadano A.J.B., venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.034.200 , y sus hijos, ciudadanos D.A.B.M. y VICENMER COROMOTO BRAVO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.838.904 y V-16.894.734, respectivamente, solicita se declare Únicos y Universales Herederos a su esposo e hijos, ciudadanos A.J.B., D.A.B.M. y VICENMER COROMOTO BRAVO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.579.705, V-15.838.904 y V-16.894.734, respectivamente.

Revisadas exhaustivamente las actuaciones que conforman el presente expediente, se evidencia, que al folio ocho (08), corre inserto copia certificada del acta de defunción de la ciudadana G.M.M.D.B., donde se le identifica como G.M.M.D.B., pero en el acta de matrimonio y en las actas de nacimiento de los ciudadanos D.A.B.M. y VICENMER COROMOTO BRAVO MARTINEZ las cuales corren insertas a los folios once y doce, trece y catorce (11 y 12, 13 y 14)), respectivamente, se le identifica como G.M.M.D.B., de igual manera, en el acta de defunción de la causante se identifico a su hijo como DEIVY, siendo lo correcto DEIVIS, en virtud de esta incongruencia, es por lo que este Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _______________ días del mes de Septiembre de 2016. Años: 206º y 157°.

LA JUEZ TITULAR

DRA. L.S.

EL SECRETARIO

ABG. FERMIN MONSALVE

En la misma fecha, siendo las ___________________, se publicó y registró la anterior decisión.

EL SECRETARIO

ABG. FERMIN MONSALVE

Exp. Nº AP31-S-2016-007259

LS/FM/Ac

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