Decisión nº 1 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Merida (Extensión Mérida), de 14 de Julio de 2016

Fecha de Resolución14 de Julio de 2016
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteDoana Rivera Herrera
ProcedimientoTutela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.

Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.

Mérida, 14 de Julio de 2016

206º y 157º

Expediente Nro. 15575

Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar en fecha 07 de julio del 2016, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Primero de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el C.d.T. a favor de la niña SE OMITEN NOMBRES, de 08 años de edad de la siguiente manera: A.C.M.D.M. Tutora, con aprobación del C.d.T., M.J.M., G.A.G., G.J.G.M. y J.A.S.F., como Protutor F.T.M.R. y Protutor Suplente, AEJANDRA M.M.M. y como C.d.T. integrado por los siguientes ciudadanos: M.J.M., G.A.G., G.J.G.M. y J.A.S.F., plenamente identificados en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los 14 días del mes de julio de 2016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.

LA JUEZA,

ABG DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA,

ABG. A.L.P.D.G.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Secretaria

DRH/zgr

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