Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 1 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2007
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoHomolog. Oblig. Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, uno de agosto de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: BP02-S-2007-003928

Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACIÒN DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la fiscal Décima Primera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en representación del n.X., junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil y tres (03) anexos.- Désele entrada. En consecuencia se ADMITE por cuanto a lugar en derecho y no es contraria a las buenas costumbres y a ninguna Disposición expresada de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y por cuanto este Tribunal observa que en el presente procedimiento no existe acuerdo de partes, en cuanto a la fijación de la Pensión de Alimentos del n.E.M.C., por cuanto existe la inconformidad o dudas por parte del padre del niño de que este sea su hijo o no; es por lo que se le INSTA a la Fiscal que aclare la solicitud y asimismo se insta a la misma que debe solicitar por procedimientos separados la solicitud o demanda de Inquisición de Paternidad.- Se le conceden tres (03) días de Despacho a los fines de que subsanen lo solicitado por este Tribunal.- Cúmplase.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL Nº 01,

DRA. S.S.F..

LA SECRETARIA ACC,

ABG. M.B..

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