Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de Anzoategui (Extensión El Tigre), de 3 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo
PonenteElaine Gamardo
ProcedimientoPartición Y Liquidación De La Comunidad Conyugal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.

El Tigre, tres de agosto de dos mil seis

196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-001576

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

COMPETENCIA: CIVIL (BIENES).

MOTIVO: PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.

SOLICITANTES: C.M.C. e H.T. FARIAS SALAZAR, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 5.467.182 y 8.351.468 respectivamente y de este domicilio.-

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyeron.

ABOGADA ASISTENTE: A.F., portador de la Cédula de Identidad Nº 8.969.459, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nº 33.241 y domiciliada en esta ciudad de El Tigre, estado Anzoátegui.-

Se inicia la presente solicitud de PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, por escrito presentado en fecha cinco de mayo de dos mil seis, por los ciudadanos C.M.C. e H.T. FARIAS SALAZAR, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 5.467.182 y 8.351.468 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada A.F., portador de la Cédula de Identidad Nº 8.969.459, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nº 33.241 y domiciliada en esta ciudad de El Tigre, estado Anzoátegui, mediante el cual alegan que, han convenido formalmente de mutuo y amistoso acuerdo en realizar la partición y liquidación de los bienes adquiridos durante la unión matrimonial, cuyo vínculo quedó disuelto en sentencia dictada en fecha trece de diciembre de 2005, por el Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre; partición que hacen en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO

Una parcela de terreno y una casa la cual ubicada en el Conjunto Residencial El Rosario, vía empresa H&P, distinguida con el número 32, de la nomenclatura interna del mencionado Conjunto Residencial,. Dicha parcela nos pertenece según se evidencia en documento de propiedad registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, de fecha veintinueve (29) de Enero de 1996, el cual quedo anotado bajo el Nº 09, Folios del cincuenta (50) al cincuenta y uno (51), Protocolo Primero ,Tomo Segundo, Primer Trimestre del año 1996-. La parcela de terreno tiene un área aproximada de Ochocientos Ochenta Metros Cuadrados (880Mts2) siendo su área de construcción de Quinientos Metros Cuadrados (500Mts2) aproximadamente. Dicho inmueble consiste en una casa para habitación distribuida y construida de la siguiente manera: dos (02) plantas, una (01) piscina y áreas comunes y verdes. PLANTA BAJA. Área Interna: dos (02) salas, una (01) sala comedor, una (01) sala de estudio, una (01) cocina, un (01) cuarto con su sala de baño, un (01) baño social. Área Externa Patio: Una (01) piscina, un (01) lavandero, dos (02) cuartos cada uno de ellos, un (01) área social con parrillera, lavaplatos y un (01) baño social. Entrada: Áreas verdes y un (01) garaje. Primer Piso : cuatro (04) cuartos todos con closet y salas de baños, una (01) sala de recibo; siendo sus linderos y medidas las siguientes: NORTE.:En una distancia lineal de Cuarenta metros (40Mts) con calle secundaria del conjunto ; SUR: En una distancia lineal de cuarenta Metros (40Mts) con parcela Nº 33; ESTE: En una distancia lineal de veintidós Metros (22Mts)con Calle B; y OESTE :En una distancia lineal con veintidós Metros (22Mts) con Calle “A”.- Dicho inmueble tiene un valor de Cuatrocientos Millones de Bolívares (BS.400.000.000,00) tal como se evidencia del documento de construcción el cual fue registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha ocho (08) de Diciembre del 2005, quedando anotado bajo el Nº 39, Folios Trescientos Cuarenta y Tres (343) al Trescientos Cuarenta y Nueve (349), Protocolo Primero, Tomo Noveno, Cuarto Trimestre del año 2005. Anexo documentos de propiedad marcados “B” y “C”.respectivamente

SEGUNDO

Una (01)casa, con un (01) local comercial anexo y una (01) casa en deterioro, enclavadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, constante de Cuatrocientos Sesenta y Dos Metros Cuadrados (462Mts2)aproximadamente y comprendido en los siguientes linderos : NORTE: Con casa que es o fue de L.G.; SUR: Con la Plaza Bolívar, ESTE: Con casa que es o fue de G.C.; y OESTE: Con casa que es o fue de R.I.C.A... Dicho inmueble nos pertenece tal como consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Aragua Estado Anzoátegui, de fecha trece (13) de Febrero de 1998, quedando anotado bajo el Nº 44, Folios Ciento Treinta y Siete (137) al Ciento Treinta y Nueve (139), Protocolo Primero, Primer Trimestre del año 1998, documento que anexamos marcado “D” el cual tiene un valor actual de Cien Millones de Bolívares (BS.100.000.000,00).

TERCERO

Un (01) Apartamento distinguido con el número y letra 5-PB-D, situado en la Planta Baja (PB), del Edificio número Cinco, Ubicado en la Primera Etapa del Conjunto Residencial denominado RESIDENCIAS MARSERENA STYLE, construido sobre una parcela de terreno distinguido en el plan general de la Urbanización bajo el Nº 1, El citado apartamento tiene una superficie aproximada de Ochenta y Seis Metros Cuadrados con Veintitrés Centímetros Cuadrados (86,23Mts2), distribuidos de la siguiente manera: Setenta y Nueve Metros Cuadrado con Sesenta y Nueve Centímetros Cuadrados (79,69Mts)aproximadamente, integrado por salón- comedor, espacio para ubicar Kitchinnet, área de faena, dormitorio principal con vestier y baño privado , dos (02) dormitorios, un (01) sanitario auxiliar y elementos de protección solar; y Siete Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Centímetros Cuadrados (7,54Mts2) aproximadamente de terraza techada que comunica a un jardín propiedad del condominio . El mencionado inmueble esta comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con área de estacionamientos; SUR: Con el apartamento 5-PB-C, pasillo de circulación y jardín propiedad del Condominio para uso exclusivo del apartamento que colinda con caminerias del área de recreación; ESTE: Con el apartamento 5-PB-C, el pasillo de circulación , el pozo del ascensor y el cuarto de medidores eléctricos y de CANTV ; y Oeste: Con el área de estacionamiento y el Edificio 7.El mismo nos pertenece tal como consta de documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Autónomo Maneiro del Estado Nueva Esparta, de fecha dieciséis (16) de Noviembre de 1998, el cual quedo anotado bajo el Nº 2, folios 8 al 13, Protocolo Primero, Tomo Nº 7, Cuarto Trimestre de 1998, Dicho apartamento tiene un valor actual de Cien Millones de Bolívares (BS.100.000.000,00)documento que anexamos marcado “E”

CUARTO

Un (01) apartamento constituido en propiedad Horizontal , distinguido con las siglas C-3-2, Nivel Nº 3, del Edificio “C” o “ANA MARIA”, que forma parte del Conjunto Residencial “PARQUE SOL”, situado entre las Calles Los Apamates y Los Cedros, de la Urbanización El Maguey , ubicada en la Avenida Intercomunal A.B. , hoy Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, el cual tiene una superficie aproximada de Ochenta Metros Cuadrados con Setenta Decímetros (80,70Mts2) y consta de las siguiente dependencias Salón Comedor, Tres (03) habitaciones ,dos (02) baños, una (01) cocina- oficios y cuatro (04) espacios para closets, sus linderos son los siguientes NORTE: Con el Apartamento C-3-1; SUR: Con la Fachada Sur del Edificio; ESTE: Con la fachada este del Edificio; y OESTE: En parte pasillo de circulación; en parte escalera, en parte patio de ventilación. La propiedad del mismo consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha diez (10) de Septiembre de 1993, anotado bajo el Nº 12, Folios Ciento Treinta y Nueve (139) al Ciento Cuarenta y Nueve (149), Protocolo Primero , Tomo Dieciséis, Tercer Trimestre del año 1993.anexamos documento marcado con la letra “F” El inmueble mencionado tiene un valor actual de Treinta Millones de Bolívares (BS.30.000.000,00).

QUINTO

Una (01) parcela de terreno y una (01) casa construida sobre ella , ubicada en la calle Apure y distinguida por el Nº 90, de la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui , la parcela antes mencionada tiene una superficie aproximada de Seiscientos Ochenta y Cinco Metros Cuadrados (685Mts) cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: En una distancia lineal de cuarenta (40) metros con terrenos que son o fueron de la Sucesión de O.P.F.; SUR: En una distancia lineal de Treinta y Nueve Metros con Cincuenta Centímetros (39,50Mts), con terrenos que son o fuero de la misma sucesión; ESTE: En una distancia lineal de Treinta y Ocho metros con Treinta Centímetros (38,30Mts), con Calle Apure , que es su frente; y por el OESTE: En una distancia lineal de Dieciséis Metros con Diez centímetros(16,10Mts) con terrenos que son o fueron de la misma sucesión. El inmueble nos pertenece tal como consta en documento presentado por ante el Juzgado del Municipio S.R. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha veinticuatro (24 ) de Mayo de 1994, quedo anotado bajo el Nº 55, Folios 71 al 73 de los libros de autenticaciones de documentos y poderes llevados por el Tribunal para tal efecto en el año de 1994, anexamos marcado con la letra “G”.El mismo tiene un valor actual de Ciento Cincuenta Millones de Bolívares (BS.150.000.000,00).

SEXTO

Una (01) casa tipo quinta con la parcela de terreno en la cual se encuentra enclavada las mismas se encuentran ubicadas en la Avenida Apure Barrio Pueblo Nuevo , Urbanización San J. deA., Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, , cuyos linderos son los siguientes : NORTE: Con extensión de Cuarenta y Dos Metros (42Mts) con terrenos que son o fueron de la sucesión P.G.; SUR: En una extensión de Treinta y Cuatro Metros (34Mts) con parcela que es o fue del ciudadano F.R.,. ESTE: En una extensión de veinticuatro metros con Veinte Centímetros (24,20Mts) y calle Apure que es su frente ; y OESTE: En una extensión de Veintiún Metros con Veinte Centímetros (21,20Mts)con parcela que es o fue de E.N.. Nos pertenece según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui ,de fecha veintiocho de Enero del 2005 y se encuentra anotado bajo el Nº 48, Folios 396 al 407, Protocolo Primero ,Tomo Segundo, Primer Trimestre del año 2005, anexamos marcado “H”. El mismo tiene un valor actual de Ciento Cincuenta Millones de Bolívares (BS.150.000.000,oo)

SÉPTIMO

Un apartamento distinguido como A-1-4, situado en la Planta 1,Edificio A de la Etapa 1 del Conjunto Residencial Guaica Real , el cual esta distribuido de la siguiente manera: Un (01) dormitorio principal con baño privado, un (01) dormitorio auxiliar, un (01) baño auxiliar, estar intimo o estudio, sala comedor, cocina lavandera y zona descubierta , sus linderos son: NORTE: Con la Fachada Norte; SUR: Con el apartamento A-1-2, may de Ascensores y Ducto de Basura; ESTE: Con la fachada Este; y OESTE: Con el Apartamento A-1-3. Nos pertenece según consta en documento registrado ante la Inmobiliaria de Registro Publico del Municipio. D.B.U. delE.A., de fecha veintisiete de Abril de 2006, anotado bajo el Nº 15, Folios 131 al 140, Protocolo Primero, Tomo Cuarto, Segundo Trimestre del 2006, anexamos marcado con la letra “I” El mencionado inmueble tiene un valor de Setenta y Dos Millones de Bolívares (BS.72.000.000,0)

ACCIONES

PRIMERO

Diez Mil Acciones Nominativas de la Compañía Anónima LASER NUEVA VISION CA, empresa debidamente registrada por ante Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, en fecha 23-03-1999, anotada bajo el Nº 7, Tomo A-23., anexamos marcado con la letra “J”. Dichas acciones tienen un valor actual de Veinticuatro Millones de Bolívares (BS.24.000.000,oo)

SEGUNDO

Cincuenta Mil Acciones de la Sociedad Mercantil CENTRO MEDICO S.A.C., empresa debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha veinticinco de Noviembre de 1998, anotada bajo el Nº 18, Tomo A-71 y modificada en Asamblea General Extraordinaria registrada en fecha diecisiete de Febrero del 2005, anotada bajo el Nº 39,Tomo A-9 en la cual se aumenta el capital de la mencionada empresa, anexamos marcadas con las letras “K” y “L” respectivamente Las mismas tienen un valor actual de Doscientos Ochenta Millones de Bolívares (BS.280.000.000,00).

CORRESPONDE A H.F.

PRIMERO

Un (01) Apartamento distinguido con el número y letra 5-PB-D, situado en la Planta Baja (PB) del Edificio número Cinco ,Ubicado en la Primera Etapa del Conjunto Residencial denominado RESIDENCIAS MARSERENA STYLE, construido sobre una parcela de terreno distinguido en el plan general de la Urbanización bajo el Nº 1, El citado apartamento tiene una superficie aproximada de Ochenta y Seis Metros Cuadrados con Veintitrés Centímetros Cuadrados (86,23Mts2), distribuidos de la siguiente manera: Setenta y Nueve Metros Cuadrado con Sesenta y Nueve Centímetros Cuadrados (79,69Mts)aproximadamente, integrado por salón- comedor, espacio para ubicar Kitchinnet, área de faena, dormitorio principal con vestier y baño privado , dos (02) dormitorios, un (01) sanitario auxiliar y elementos de protección solar; y Siete Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Centímetros Cuadrados (7,54Mts2)aproximadamente de terraza techada que comunica a un jardín propiedad del condominio . El mencionado inmueble esta comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE : Con área de estacionamientos; SUR: Con el apartamento 5-PB-C, pasillo de circulación y jardín propiedad del Condominio para uso exclusivo del apartamento que colinda con caminerias del área de recreación; ESTE: Con el apartamento 5-PB-C, el pasillo de circulación , el pozo del ascensor y el cuarto de medidores eléctricos y de CANTV ; y OESTE: Con el área de estacionamiento y el Edificio 7.El mismo nos pertenece tal como consta de documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Autónomo Maneiro del Estado Nueva Esparta, de fecha dieciséis (16) de Noviembre de 1998, el cual quedo anotado bajo el Nº 2, folios 8 al 13. Protocolo Primero, Tomo Nº 7, Cuarto Trimestre de 1998, Dicho apartamento tiene un valor actual de Cien Setenta y Seis Millones de Bolívares (BS.76.000.000,00)

SEGUNDO

Un (01) apartamento constituido en propiedad Horizontal , distinguido con las siglas C-3-2, Nivel Nº 3, del Edificio “C” o “ANA MARIA”, que forma parte del Conjunto Residencial “PARQUE SOL”, situado entre las Calles Los Apamates y Los Cedros, de la Urbanización El Maguey , ubicada en la Avenida Intercomunal A.B. , hoy Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, el cual tiene una superficie aproximada de Ochenta Metros Cuadrados con Setenta Decímetros (80,70Mts2) y consta de las siguiente dependencias Salón Comedor, Tres (03) habitaciones ,dos (02) baños, una (01) cocina- oficios y cuatro (04) espacios para closets, sus linderos son los siguientes : NORTE: Con el Apartamento C-3-1; SUR: Con la Fachada Sur del Edificio; ESTE: Con la fachada este del Edificio; y OESTE: En parte pasillo de circulación; en parte escalera, en parte patio de ventilación. La propiedad del mismo consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sotillo del Estado Anzoátegui, en fecha diez (10) de Septiembre de 1993, anotado bajo el Nº 12, Folios Ciento Treinta y Nueve (139) al Ciento Cuarenta y Nueve (149), Protocolo Primero , Tomo Dieciséis, Tercer Trimestre del año 1993. El inmueble mencionado tiene un valor actual de Treinta Millones de Bolívares (BS.30.000.000,oo).

TERCERO

Un apartamento distinguido como A-1-4, situado en la Planta 1,Edificio A de la Etapa 1 del Conjunto Residencial Guaica Real , el cual esta distribuido de la siguiente manera: Un (01) dormitorio principal con baño privado, un (01) dormitorio auxiliar, un (01) baño auxiliar, estar intimo o estudio, sala comedor, cocina lavandera y zona descubierta , sus linderos son NORTE: Con la Fachada Norte; SUR: Con el apartamento A-1-2, may de Ascensores y Ducto de Basura; ESTE: Con la fachada Este; y OESTE: Con el Apartamento A-1-3. Nos pertenece según consta en documento registrado ante la Inmobiliaria de Registro Publico del Municipio. D.B.U. delE.A., de fecha veintisiete de Abril de l2006, anotado bajo el Nº 15, Folios 131 al 140, Protocolo Primero, Tomo Cuarto, Segundo Trimestre del 2006. El mencionado inmueble tiene un valor de Setenta y Dos Millones de Bolívares (BS.72.000.000,0).

CUARTO

En vista de que al ciudadano C.M. le ha correspondido Bienes Cuyo Valor económico asciende a la cantidad de Un Mil Millones de Bolívares(BS.1.000.000.000,00) Ambos de común acuerdo hemos establecido que el ciudadano C.M.C., suficientemente identificado en autos, cancele la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (BS:750.000.000,00) a la ciudadana H.F., igualmente identificada, de la siguiente manera:

El pago se hará en dinero efectivo y de curso legal en treinta cuotas mensuales y consecutivas, es decir, Veinticinco Millones de Bolívares (BS.25.000.000,00) Mensuales,.A cuyo efecto se libraran treinta letras de cambio Identificadas con los números 1/30 hasta 30/30 . Las mismas deberán ser canceladas los días quince (15) de cada mes comenzado el primero el Quince (15) de Mayo del año2006 y así consecutivamente hasta extinguirse la obligación en su totalidad. Dichas cantidad generaran intereses en caso de mora rigiéndose por las tasas que indique el Banco Central de Venezuela a tal efecto, en cuyo caso también se aplicara una penalidad de Diez Mil Bolívares (Bs.10.000,00)Diarios. El atraso en el pago de dos (02)cuotas dará derecho a la ciudadana H.F. a la ejecución de la obligación.,en cuyo caso deberá cancelar el prenombrado ciudadano C.M., los gastos de cobranza judicial y/o extrajudicial así como los Honorarios de los Abogados .

QUINTO

BIEN PENDIENTE POR LIQUIDAR: Un apartamento distinguido como A-1-34, situado en la Planta 1,Edificio A de la Etapa 1 del Conjunto Residencial Guaica Real , el cual esta distribuido de la siguiente manera: Un (01) dormitorio principal con baño privado, un (01) dormitorio auxiliar, un (01) baño auxiliar, estar intimo o estudio, sala comedor, cocina lavandera y zona descubierta ., desconociendo sus medidas y linderos por el mismo hecho de no haberse protocolizado la venta. Nos pertenece por haberlo pagado durante la comunidad conyugal y el cual no podemos incluir debido a que no ha sido posible la protocolización del mismo, pero una vez hecha la misma se anexara como parte de la presente liquidación Solicitamos a este tribunal dejar la nota correspondiente a tal efecto. El mencionado inmueble tiene un valor de Setenta y Dos Millones de Bolívares (BS.72.000.000,0).. Anexamos recibo de pago y copia del cheque , marcados con las letras “M” y “N” respectivamente.

BIENES QUE CORRESPONDEN A C.M.

PRIMERO

Una parcela de terreno y una casa la cual ubicada en el Conjunto Residencial El Rosario , vía empresa H&P, distinguida con el número 32, de la nomenclatura interna del mencionado Conjunto Residencial,. Dicha parcela me pertenece según se evidencia en documento de propiedad registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, de fecha veintinueve (29) de Enero de 1996, el cual quedo anotado bajo el Nº 09, Folios del cincuenta (50) al cincuenta y uno (51), Protocolo Primero ,Tomo Segundo, Primer Trimestre del año 1996-. La parcela de terreno tiene un área aproximada de Ochocientos Ochenta Metros Cuadrados (880MTS2) siendo su área de construcción de Quinientos Metros Cuadrados (500MTS2) aproximadamente. Dicha inmueble consiste en una casa para habitación distribuida y construida de la siguiente manera: dos (02) plantas, una (01) piscina y áreas comunes y verdes. PLANTA BAJA. Área Interna: dos (02) salas, una (01) sala comedor, una (01) sala de estudio, una (01) cocina, un (01) cuarto con su sala de baño, un (01)baño social. Área Externa Patio: Una (01) piscina, un (01) lavandero, dos (02) cuartos cada uno de ellos, un (01) área social con parrillera, lavaplatos y un (01) baño social. Entrada: Áreas verdes y un(01) garaje. Primer Piso : cuatro (04) cuartos todos con closet y salas de baños, una (01) sala de recibo; siendo sus linderos y medidas las siguientes: NORTE.:En una distancia lineal de Cuarenta metros (40Mts) con calle secundaria del conjunto ; SUR: En una distancia lineal de cuarenta Metros (40Mts) con parcela Nº 33; ESTE: En una distancia lineal de veintidós Metros (22Mts)con Calle B; y OESTE :En una distancia lineal con veintidós Metros (22Mts) con Calle “A” Dicho inmueble tiene un valor de Cuatrocientos Millones de Bolívares (BS.400.000.000,00) tal como se evidencia del documento de construcción el cual fue registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha ocho (08) de Diciembre del 2005, quedando anotado bajo el Nº 39, Folios Trescientos Cuarenta y Tres (343) al Trescientos Cuarenta y Nueve (349), Protocolo Primero, Tomo Noveno, Cuarto Trimestre del año 2005.

SEGUNDO

Una (01)casa, con un (01) local comercial anexo y una (01) casa en deterioro, enclavadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, constante de Cuatrocientos Sesenta y Dos Metros Cuadrados (462Mts2)aproximadamente y comprendido en los siguientes linderos : NORTE: Con casa que es o fue de L.G.; SUR: Con la Plaza Bolívar, ESTE: Con casa que es o fue de G.C.; y OESTE: Con casa que es o fue de R.I.C.A... Dicho inmueble nos pertenece tal como consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Aragua Estado Anzoátegui, de fecha trece (13) de Febrero de 1998, quedando anotado bajo el Nº 44, Folios Ciento Treinta y Siete (137) al Ciento Treinta y Nueve (139), Protocolo Primero Primer Trimestre del año 1998, el cual tiene un valor actual de Cien Millones de Bolívares (BS.100.000.000,00)

TERCERO

Una (01) parcela de terreno y una (01) casa construida sobre ella , ubicada en la calle Apure y distinguida por el Nº 90, de la ciudad de Anaco del Estado Anzoátegui , la parcela antes mencionada tiene una superficie aproximada de Seiscientos Ochenta y Cinco Metros Cuadrados (685Mts) cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: En una distancia lineal de cuarenta (40) metros con terrenos que son o fueron de la Sucesión de O.P.F.; SUR: En una distancia lineal de Treinta y Nueve Metros con Cincuenta Centímetros (39,50Mts), con terrenos que son o fuero de la misma sucesión; ESTE: En una distancia lineal de Treinta y Ocho metros con Treinta Centímetros (38,30Mts), con Calle Apure , que es su frente; Y por el OESTE: En una distancia lineal de Dieciséis Metros con Diez centímetros(16,10Mts) con terrenos que son o fueron de la misma sucesión. El inmueble nos pertenece tal como consta en documento presentado por ante el Juzgado del Municipio S.R. de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha veinticuatro (24 )e Mayo de 1994, quedo anotado bajo el Nº 55, Folios 71 al 73 de los libros de autenticaciones de documentos y poderes llevados por el Tribunal para tal efecto en el año de 1994. .El mismo tiene un valor actual de Cien Millones de Bolívares (BS.100.000.000,oo).

CUARTO

Una (01) casa tipo quinta con la parcela de terreno en la cual se encuentra enclavada las mismas se encuentran ubicadas en la Avenida Apure Barrio Pueblo Nuevo , Urbanización San J. deA., Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, , cuyos linderos son los siguientes NORTE: Con extensión de Cuarenta y Dos Metros (42Mts) con terrenos que son o fueron de la sucesión P.G.; SUR: En una extensión de Treinta y Cuatro Metros (34Mts) con parcela que es o fue del ciudadano F.R.,. ESTE: En una extensión de veinticuatro metros con Veinte Centímetros (24,20Mts) y calle Apure que es su frente ; y OESTE: En una extensión de Veintiún Metros con Veinte Centímetros (21,20Mts)con parcela que es o fue de E.N.. Nos pertenece según documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui ,de fecha veintiocho de Enero del 2005 y se encuentra anotado bajo el Nº 48, Folios 396 al 407, Protocolo Primero ,Tomo Segundo, Primer Trimestre del año 2005. . El mismo tiene un valor actual de Cien Millones de Bolívares (BS.100.000.000,00).

QUINTO

Diez Mil Acciones Nominativas de la Compañía Anónima LASER NUEVA VISION CA, empresa debidamente registrada por ante Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, en fecha 23-03-1999, anotada bajo el Nº 7, Tomo A-23.,”. Dichas acciones tienen un valor actual de Veinte Millones de Bolívares (BS.20.000.000,oo)

SEXTO

Cincuenta Mil Acciones de la Sociedad Mercantil CENTRO MEDICO S.A.C., empresa debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha veinticinco de Noviembre de 1998, anotada bajo el Nº 18, Tomo A-71 y modificada en Asamblea General Extraordinaria registrada en fecha diecisiete de Febrero del 2005, anotada bajo el Nº 39,Tomo A-9 en la cual se aumenta el capital de la mencionada empresa Las mismas tienen un valor actual de Doscientos Ochenta Millones de Bolívares (BS.280.000.000,00).

Solicitamos una vez admitida la presente solicitud previa certificación en autos de todos los documentos originales de propiedad, se nos haga la devolución de los documentos originales de propiedad que acompañan. Solicitando del tribunal ordene homologar el presente convenimiento, pasarlo como autoridad de cosa juzgada y ordene la inserción del mismo por ante el Registro Subalterno correspondiente, teniéndose el presente convenimiento como titulo de propiedad de los bienes aquí adjudicados y se les expida copias certificadas del presente convenimiento y del auto del tribunal a los fines de su registro.- El Tribunal para decidir observa:

I

Constatada de las actuaciones cursantes en autos que las partes que celebran el presente convenimiento tienen legitimación procesal y capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia, y no existiendo prohibición alguna sobre la materia, ello es suficiente para darle la aprobación de este tribunal y así se decide.-

Por lo antes expuesto, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado entre las solicitantes, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda proceder como autoridad de cosa juzgada y ordena la inserción del mismo por ante el Registro Subalterno correspondiente e igualmente ordena el archivo del presente asunto.-

Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de esta decisión.-

DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los tres días de agosto de dos mil seis.- Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-

LA JUEZ TEMPORAL,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA,

Abog. DILENIS JOSEFINA CORREA.

En esta misma fecha, siendo la una y cuarenta minutos de la tarde (01:40 p.m.) se dictó y publicó la anterior sentencia y se agrego al ASUNTO Nº BP12-S-2006-001576.- Conste.-

LA SECRETARIA,

Abog. DILENIS JOSEFINA CORREA.

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