Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 3 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2006
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoDisposicion De Bienes

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, tres de octubre de dos mil seis

196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2004-001907

Vista la anterior diligencia, inserta al folio ciento ochenta y uno (181) del presente expediente, suscrita por la joven M.A.M.O., mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.510.036, y el contenido de la misma, en consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda dicho pedimento por ser procedente y ordena de conformidad hacer entrega a la antes identificada joven, la cuota parte que le corresponde de la suma de dinero que se encuentra depositada en la cuenta de ahorros N° 0003-0051-93-0100421065, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela de esta localidad a nombre de los XXXXXXXXXXXXXX; por cuanto ya alcanzo la mayoría de edad, en fecha 23-08-1988, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática de su partida de nacimiento y cédula de identidad, cursantes al expediente, quedando un activo a la presente fecha, el cual pertenece al adolescente XXXXXXXXXXXXXXX. Líbrese oficio al Banco Industrial de Venezuela de ésta localidad. Cúmplase. Y así se decide.

El Juez Suplente Especial N° 01

Abg. S.S.F.C.

La Secretaria Accidental

Abg. E.L.P.

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